lunes, 15 de septiembre de 2025

MODELO DE DEMANDA DE AUMENTO DE ALIMENTOS

MODELO DE DEMANDA DE AUMENTO DE ALIMENTOS

Por Evelyn Bellido Cutizaca

Abogada del Estudio Jurídico Rambell Abogados de Arequipa


EXPEDIENTE             :

ESPECIALISTA          :

ESCRITO                    : 01

DEMANDANTE         : LUZMILA MAYITA ROCA ROCHA

DEMANDADO           : JULIO CESAR PRATS LUCAR

SUMILLA                   : DEMANDA DE AUMENTO DE ALIMENTOS

SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE AREQUIPA

LUZMILA MAYITA ROCA ROCHA, con DNI 00000000, domiciliado en Urb. Trinidad Moran Mz. O8, Lote 10, distrito de Cerro Colorado, provincia y departamento de Arequipa, con domicilio procesal en calle Santa Marta 304, Oficina 206, interior B, Casilla electrónica xxxxx, Celular 959702698, Correo Electrónico: rambellabogados1@gmail.com ante Ud. me presento y digo:

I.         NOMBRE Y DIRECCION DEL DEMANDADO

La presente demanda se interpone contra JULIO CESAR PRATS LUCAR, a quien se le notificará en su domicilio real sito en Calle las Torres 408-J, distrito de Alto Selva Alegre, provincia y departamento de Arequipa.

II.      PETITORIO

Invocando interés y legitimidad para obrar interpongo demanda de AUMENTO DE ALIMENTOS en contra de JULIO CESAR PRATS LUCAR, a fin de que esta vez acuda a sus menores hijas SARA PRAST ROCA de ocho (8) años de edad y LILIANA PRAST ROCA de diez (10) años de edad, con una pensión alimenticia mensual y anticipada MEJORADA o AUMENTADA ascendente a S/. 3000.00, a razón de S/. 1500.00 para cada una, por cuanto en su condición de ingeniero minero tiene capacidad para acudir con ese monto, en base a los siguientes fundamentos de hecho y derecho:

III.   FUNDAMENTOS DE HECHO:

1.         Inicialmente el Juzgado de Paz Letrado de Arequipa, mediante resolución número 4, de fecha 15 de septiembre del 2019, en el Expediente N° xxxx-2019-0-0401-JP-FC-01, fijó una pensión de alimentos ascendente al monto de S/. 400.00 soles a favor de cada una de mis menores hijas.

2.         Respecto a la capacidad económica del demandado, la pensión se fijó teniendo en cuenta que el demandado recién se graduaba, contaba con trabajos esporádicos y no tenía casa propia. Actualmente, es de profesión ingeniero, tiene empleo fijo en la Empresa Minera xxxx, sus ingresos bordean los S/. 6 800.00, cuenta con dos propiedades inmuebles y una camioneta 4x4 a su nombre, lo que evidencia un aumento significativo en su capacidad adquisitiva.

3.         Respecto a las necesidades de mis menores hijas, a la fecha de emisión de la sentencia, mis menores hijas contaban con 2 y 4 años respectivamente, siendo que la mayor se encontraba estudiando en educación inicial y la menor aun no estudiaba. Actualmente, mis hijas se encuentran estudiando en educación primaria, en la Institución Educativa Particular xxxx, pagando por cada una pensión de S/. 380.00 mensuales, conforme puede verse en las constancias de estudio y recibos que adjunto, lo que hace ver que las necesidades mis hijas ha aumentado, por lo que la suma de S/. 400.00 solamente alcanza para el pago de la pensión de enseñanza, pero mis hijas necesitan, además, comida, ropa, útiles escolar, movilidad escolar, asistencia médica, recreación, uniformes, lonchera diaria, etc.; los cuales con muchísima dificultad cubre solo mi persona.

4.         En consecuencia, mi solicitud de aumento de pensión de alimentos es factible en la forma solicitada en mi petitorio, teniendo en cuenta el aumento de las necesidades de mis hijas y el aumento de la capacidad económica del demandado.

IV.   FUNDAMENTACION JURÍDICA:

Que, mi demanda se encuentra amparada en los siguientes cuerpos de leyes:

-        Artículo 472 del Código Civil, que prescribe que se entiende por alimentos lo que es indispensable para el sustento, habitación, vestido, educación, instrucción y capacitación para el trabajo, asistencia médica y psicológica y recreación, según la situación y posibilidades de la familia. También los gastos del embarazo de la madre desde la concepción hasta la etapa de postparto.

-        Artículo 474 del Código Civil, que establece en su inciso 2) que se deben alimentos recíprocamente los ascendientes y descendientes.

-        Artículo 482 del Código Civil, del cual se infiere que la pensión alimenticia se incrementa o reduce según el aumento o la disminución que experimenten las necesidades del alimentista y las posibilidades del que debe prestarla.

-        Artículo 571 del Código Procesal Civil, conforme al cual las normas del Sub Capítulo 1 del Capítulo II, disposiciones especiales sobre procesos de alimentos de dicho Código adjetivo son aplicables a los procesos de aumento, reducción, cambio en la forma de prestarla, prorrateo, exoneración y extinción de la pensión de alimentos.

V.      MONTO DEL PETITORIO

El monto del petitorio asciende a la suma de S/. 3000.00 mensuales, como pensión mensual a favor de mis menores hijas.

VI.   VÍA PROCEDIMENTAL

La presente demanda le corresponde la vía del PROCESO UNICO.

VII.MEDIOS PROBATORIOS

Como medios probatorios ofrezco:

1.         Constancia de Existencia del Proceso, copia certificada de la demanda, sus anexos y la sentencia emitida en el Expediente N° 4784-2020-0-0401-JP-FC-01, lo cual prueba la existencia del proceso de alimentos primigenia, así como la realidad económica del demandado y las necesidades de mis hijas, al momento de emitir la sentencia que fijó la pensión de alimentos.

2.         Acta de Nacimiento de mi hija SARA PRAST ROCA, lo que demuestra la edad de mi hija y mi vínculo familiar.

3.         Acta de Nacimiento de mi hija LILIANA PRAST ROCA, lo que demuestra la edad de mi hija y mi vínculo familiar.

4.         Constancia de Estudios de SARA PRAST ROCA, expedida por Institución Educativa Particular xxxx, donde consta que mi hija se encuentra cursando Cuarto Grado de Primaria. Lo que demuestra que mi hija se encuentra en etapa escolar y tiene mayores necesidades que cubrir.

5.         Constancia de Estudios de SARA PRAST ROCA, expedida por Institución Educativa Particular xxxx, donde consta que mi hija se encuentra cursando Cuarto Grado de Primaria. Lo que demuestra que mi hija se encuentra en etapa escolar y tiene mayores necesidades que cubrir.

6.         Recibos de pago de la mensualidad de mis hijas, donde consta que por cada una de mis hijas pago la suma de S/. 380.00 mensuales, por pensión de enseñanza, lo que demuestra que los gastos que se tiene que cubrir por la educación de mis hijas.

7.         Boletas de gastos que requieran mis menores hijas. Los recibos adjuntados muestran que mis hijas tienen gastos bastante elevados, por lo que la suma de S/. 400.00 que el demandado proporciona como pensión mensual, no alcanza, evidenciándose la necesidad de que sea mejorada.

8.         Copia Literal del inmueble ubicado en Calle las Torres 408-J, distrito de Alto Selva Alegre, provincia y departamento de Arequipa, expedida por los Registros Públicos de Arequipa. Lo que muestra la capacidad económica del demandado.

9.         Copia Literal del inmueble ubicado en la Asociación Campo Verde de Sachaca, zona bastante exclusiva, expedida por los Registros Públicos de Arequipa. Lo que muestra la capacidad económica del demandado.

10.     Copia Literal del Vehículo A1B-X12, Camioneta 4x4, Pick Up, expedida por los Registros Públicos de Arequipa. Lo que muestra la capacidad económica del demandado.

11.     Copia de Boleta de Pago del mes de agosto del demandado. Lo que demuestra que el demandado percibe mensualmente la suma de S/. 6 897.35 soles, lo que demuestra que tiene una capacidad económica suficiente para acudir con la pensión mejorada, más teniendo en cuenta que no tiene obligación, sino solamente con sus hijas.

VIII.       ANEXOS

Adjuntamos los siguientes:

1-A.- Copia del DNI de la recurrente.

1-B.- Constancia de existencia del proceso, copia certificada de la demanda, sus anexos y sentencia emitida en el Exp. N° 4784-2020-0-0401-JP-FC-01.

1-C.- Acta de Nacimiento de mi hija SARA PRAST ROCA.

1-D.- Acta de Nacimiento de mi hija LILIANA PRAST ROCA

1-E.- Constancia de Estudios de SARA PRAST ROCA.

1-F.- Constancia de Estudios de SARA PRAST ROCA.

1-G.- Recibos de pago de la mensualidad de mis hijas.

1-H.- Boletas de gastos que requieran mis menores hijas.

1-I.- Copia Literal del inmueble ubicado en la Calle las Torres 408-J, Alto Selva Alegre, Arequipa.

1-J.- Copia Literal del inmueble ubicado en la Asociación Campo Verde de Sachaca.

1-K.- Copia Literal del Vehículo A1B-X12, Camioneta 4x4, Pick Up.

1-L.- Copia de Boleta de Pago del mes de agosto del demandado.

POR LO EXPUESTO:

Ruego a Ud. Señor Juez, tener por interpuesta la demanda de aumento de alimentos, darle el trámite que corresponda, resuelva de acuerdo a mi derecho y de acuerdo a ley.

PRIMER OTROSI: De conformidad con el artículo 80º del Código Procesal Civil, otorgo a los abogados que autorizan el presente escrito las facultades generales de representación del artículo 74° del mismo Código, debiéndose tener presente mi domicilio personal señalado en este recurso y declarando que el suscrito está instruido de la representación que otorga.

Arequipa, 10 de septiembre de 2025

 

 

EVELYN BELLIDO CUTIZACA                                   LUZMILA MAYITA ROCA ROCHA

ABOGADA                                                                        DNI 00000000


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