MODELO DE SOLICITUD DE INCREENTO DEL 10% POR FONAVI. PARA DOCENTE CESANTE
Por José Ramos Flores
Abogado del Estudio Jurídico Rambell Abogados de Arequipa
SUMILLA: REINTEGRO
DE REMUNERACIONES POR INCREMENTO DEL 10% DE LA REMUNERACION TOTAL DE ACUERDO A
DECRETO LEY 25981
SEÑOR DIRECTOR DE LA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL ………
LUCÍA MARÍA PERLATA AQUINO,
con DNI Nº 00000000, domiciliado en Calle Gunter Ballón 108, Urb. 04 de
Octubre, distrito de Socabaya, provincia y departamento de Arequipa, domicilio
legal en Calle Santa Marta 304, oficina 206 (adentro letra B), correo rambellabogados1@gmail.com, Celular 959702698, ante Ud. me presento y digo:
I.
PETITORIO
Al amparo de lo
dispuesto por el numeral 20) del artículo 2° de la Constitución y el artículo 116
del TUO de la Ley N° 27444, recurro ante su Despacho a fin de SOLICITAR se me reconozca y
pague el incremento dispuesto por el artículo 2° del Decreto Ley N° 25981,
correspondiente al 10% del haber mensual que del mes de enero de 1993 esté afecto
a la contribución del FONAVI, más los devengados desde el 1° de enero de 1993
hasta 25 de noviembre de 2012, con abono de los intereses legales generados.
II. FUNDAMENTOS DE HECHO:
- Soy docente cesante del Régimen
del Decreto Ley 19990 de la jurisdicción de la UGEL Arequipa ………., conforme a los documentos que adjunto.
- El artículo 2º del Decreto
Ley Nº 25981, publicado el 23 de diciembre de 1992, señala que “los
trabajadores dependientes cuyas remuneraciones están afectas al FONAVI, con
contrato de trabajo vigente al 31 de diciembre de 1992, tendrá derecho a
percibir un incremento de remuneraciones, a partir del 01 de enero de 1993.
El monto de este aumento será equivalente al 10% del haber mensual del mes
de enero del año 1993 que esté afecto a la contribución al FONAVI”
- Conforme a la norma reseñada, se
estableció dos condiciones para que los trabajadores puedan percibir un
incremento en sus remuneraciones: 1) Ser trabajador dependiente (por ejemplo,
nombrado) con remuneración afecta a la contribución del Fondo Nacional de
Vivienda (FONAVI); y 2) Gozar de contrato de trabajo vigente al 31 de
diciembre de 1992. En mi caso cumplo con las dos condiciones, pues al 31
de diciembre de 1992 mantenía vínculo laboral vigente y aportaba al
FONAVI, lo que puede corroborarse con mi resolución de nombramiento y
boletas de pago que adjunto.
- En ese sentido, al recurrente le
corresponde percibir el reintegro solicitado conforme a mi petitorio, más
teniendo en cuenta que la Primera Sala de Derecho Constitucional y Social
de la Corte Suprema mediante la Casación 3815-2013-AREQUIPA ha reconocido su procedencia, mediante el cual ha ordenado
a la UGEL Arequipa Sur, reintegrar el incremento del 10% solicitado, más
los devengados, desde enero de 1993 a la fecha.
III. ANEXOS.
Para
su mejor proceder acompaño los siguientes documentos:
1.-
Copia de D.N.I. del recurrente
2.-
Copia de mi Resolución de Nombramiento
3.-
Copia de mi Resolución de Cese
4.-
Copia de boletas de pago de la recurrente del año 1992, 1993 y otros.
POR LO TANTO
Sírvase
acceder a lo solicitado de acuerdo a ley.
Arequipa, 20 de julio
de 2026
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LUCÍA MARÍA PERLATA AQUINO
DNI Nº 00000000