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martes, 8 de septiembre de 2026

MODELO DE ESCRITO SOLICITANDO REHABILITACION DEL SENTENCIADO POR DELITO DE OAF

MODELO DE ESCRITO SOLICITANDO REHABILITACION DEL SENTENCIADO POR DELITO DE OAF

Por José Ramos Flores

Abogado del Estudio Jurídico Rambell Abogados de Arequipa


EXPEDIENTE          : XXXXX-2025-09-0401-JR-PE-02

ESPECIALISTA       : LUZ MILET PINO ROCHA

IMPUTADO              : JULIO RODOLFO PIÑEROS VIDAL

AGRAVIADO          : M. S. P. J.

SUMILLA                 : SOLICITO REHABILITACIÓN DEL

  SENTENCIADO

SEÑOR JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA – FLAGRANCIA, OAF Y CEED DE AREQUIPA – SEDE CENTRAL

JULIO RODOLFO PIÑEROS VIDAL, en el proceso seguido en su contra por el delito contra la familia, en la modalidad de omisión de asistencia familiar, ante Ud. me presento y digo:

I.         PETITORIO

Al amparo de lo dispuesto por los artículos 69° y 70° del Código Penal, solicito a su Despacho se sirva DECLARAR MI REHABILITACIÓN, al haberse cumplido íntegramente la pena impuesta, disponiéndose la anulación de los antecedentes penales, judiciales y demás registros que correspondan, derivados exclusivamente de la condena recaída en el presente proceso, en atención a los siguientes fundamentos de hecho y derecho:

II.      FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO

2.1.    Mediante Sentencia de Conformidad N° 0145-2025, de fecha 05 de mayo de 2025, emitida por el Primer Juzgado Penal Unipersonal – Flagrancia, OAF y CEED de Arequipa, se me impuso un año y dos meses de pena privativa de libertad, suspendida en su ejecución por el período de un año, sujeto al cumplimiento de las reglas de conducta establecidas en la sentencia.

2.2.     A la fecha, he cumplido íntegramente el período de prueba y las reglas de conducta impuestas en la sentencia, habiendo asimismo cancelado la totalidad de la reparación civil y demás obligaciones establecidas, conforme se acredita con los actuados correspondientes.

2.3.   En tal sentido, habiéndose cumplido las condiciones legalmente exigidas, corresponde declarar mi rehabilitación conforme al artículo 69° del Código Penal, disponiéndose, asimismo, de acuerdo con el artículo 70° del mismo cuerpo normativo, la cancelación de los antecedentes penales, judiciales y policiales que correspondan, así como las comunicaciones respectivas.

POR LO EXPUESTO:

A usted, señor Juez, solicitamos admitir la presente solicitud y, oportunamente, declarar la rehabilitación del sentenciado, conforme a ley.

PRIMER OTROSÍ: Para efectos de las notificaciones, señalamos como domicilio procesal el ubicado en calle Santa Marta N° 304, oficina 206, interior B, Cercado de Arequipa; Casilla Electrónica N° xxxx, Casilla Física N° xxxx y correo electrónico: rambellabogados1@gmail.com.

Arequipa, 7 de septiembre de 2026.

 

 

JOSÉ RAMOS FLORES                                           JULIO RODOLFO PIÑEROS VIDAL

ABOGADO                                                                                DNI 00000000

MODELO DE ESCRITO SOLICITANDO REHABILITACION DEL SENTENCIADO POR DELITO DE OAF

MODELO DE ESCRITO SOLICITANDO REHABILITACION DEL SENTENCIADO POR DELITO DE OAF

Por José Ramos Flores

Abogado del Estudio Jurídico Rambell Abogados de Arequipa


EXPEDIENTE          : XXXXX-2025-09-0401-JR-PE-02

ESPECIALISTA       : LUZ MILET PINO ROCHA

IMPUTADO              : JULIO RODOLFO PIÑEROS VIDAL

AGRAVIADO          : M. S. P. J.

SUMILLA                 : SOLICITA REHABILITACIÓN DEL

  SENTENCIADO

SEÑOR JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA – FLAGRANCIA, OAF Y CEED DE AREQUIPA – SEDE CENTRAL

JOSÉ RAMOS FLORES, abogado defensor de JULIO RODOLFO PIÑEROS VIDAL, en el proceso seguido en su contra por el delito contra la familia, en la modalidad de omisión de asistencia familiar, ante Ud. me presento y digo:

I.    PETITORIO

Al amparo de los artículos 69° y 70° del Código Penal, solicito a su Despacho se declare la rehabilitación de mi patrocinado JULIO RODOLFO PIÑEROS VIDAL, disponiéndose la anulación de los antecedentes penales, judiciales y demás registros que correspondan, derivados exclusivamente de la condena recaída en el presente proceso, en base a los siguientes fundamentos de hecho y derecho:

II.   FUNDAMENTOS DE HECHO Y DERECHO

2.1.  Mediante Sentencia de Conformidad N° 0145-2025, de fecha 05 de mayo de 2025, emitida por el Primer Juzgado Penal Unipersonal – Flagrancia, OAF y CEED de Arequipa, se condenó a mi patrocinado como autor del delito de omisión de asistencia familiar, imponiéndosele un año y dos meses de pena privativa de libertad, suspendida en su ejecución.

2.2.  A la fecha, mi patrocinado ha cumplido el período de prueba impuesto y ha cancelado íntegramente las obligaciones derivadas de la sentencia, incluida la reparación civil, conforme se acredita con los actuados correspondientes.

2.3.  En tal sentido, al haberse cumplido la pena y las obligaciones impuestas por la sentencia, corresponde aplicar los efectos de la rehabilitación previstos en el artículo 69° del Código Penal, la cual, conforme al artículo 70° del mismo cuerpo normativo, se produce automáticamente, correspondiendo adoptar las medidas necesarias para la cancelación de los antecedentes generados como consecuencia de la presente condena.

POR LO EXPUESTO:

A usted, señor Juez, solicito se sirva declarar fundada la presente solicitud de rehabilitación, disponiendo las medidas y comunicaciones que correspondan conforme a ley.

PRIMER OTROSÍ: Para efectos de las notificaciones, señalo domicilio procesal en calle Santa Marta N° 304, oficina 206, interior B, Cercado de Arequipa; Casilla Electrónica N° xxxx, Casilla Física N° xxxx y correo electrónico: rambellabogados1@gmail.com.

SEGUNDO OTROSI: El presente escrito lo presento en representación de mi patrocinado, al amparo de lo dispuesto por el artículo 290° de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Arequipa, 7 de septiembre de 2026.

 

 

 

JOSE RAMOS FLORES

ABOGADO


domingo, 6 de septiembre de 2026

MODELO DE ESCRITO SOLICITANDO AL FISCAL REQUERIMIENTO DE REVOCACIÓN DE LA PENA SUSPENDIDA

MODELO DE ESCRITO SOLICITANDO AL FISCAL REQUERIMIENTO DE REVOCACIÓN DE LA PENA SUSPENDIDA

Por José Ramos Flores

Abogado del Estudio Jurídico Rambell Abogados de Arequipa


CASO N°                      : 0XXX-2025-500

SENTENCIADO         : RAMIRO VERA LUCARD

DELITO                       : OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR

SUMILLA                    : SOLICITA REQUERIMIENTO DE

                           REVOCACIÓN DE LA PENA SUSPENDIDA

SEÑOR FISCAL DE LA TERCERA FISCALÍA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA DE AREQUIPA

LUCÍA MILET PACSI ROSALES, identificada con DNI N° 00000000, en mi condición de representante legal del menor BRABDON VERA PACSI, con domicilio real en Av. Los Sauces Mz. J, Lote 12, distrito de Alto Selva Alegre, provincia y departamento de Arequipa; señalando domicilio procesal en Calle Santa Marta N° 304, oficina 206 (interior B), Cercado de Arequipa, con casilla electrónica N° xxxx, celular N° 959702698 y correo electrónico rambellabogados1@gmail.com; a usted, respetuosamente, me presento y digo:

I.         PETITORIO

Al amparo de lo dispuesto por el artículo 488 del Código Procesal Penal, SOLICITO A SU DESPACHO QUE FORMULE ANTE EL ÓRGANO JURISDICCIONAL COMPETENTE EL REQUERIMIENTO DE REVOCACIÓN DE LA SUSPENSIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, impuesta al sentenciado RAMIRO VERA LUCARD mediante Resolución N° 07 (Sentencia), de fecha 01 de junio de 2026, expedida por el Tercer Juzgado Unipersonal de Arequipa, en razón del incumplimiento de la regla de conducta referida al pago de las pensiones alimenticias devengadas y de la reparación civil, conforme a los fundamentos de hecho y de derecho que se exponen a continuación.

II.      FUNDAMENTOS DE HECHO

2.1. Señor Fiscal, mediante Resolución N° 07 (Sentencia), de fecha 01 de junio de 2026, el Tercer Juzgado Unipersonal de Arequipa aprobó el acuerdo de terminación anticipada celebrado entre el representante del Ministerio Público y el sentenciado RAMIRO VERA LUCARD, imponiéndole dos años y dos meses de pena privativa de libertad, con ejecución suspendida por el plazo de un año y dos meses, sujeto al cumplimiento de determinadas reglas de conducta.

2.2. Respecto al acuerdo sobre las pensiones alimenticias devengadas, el considerando 8 de la Resolución N° 07 señala que la deuda ascendía a S/ 8,207.00, habiéndose reconocido como pagos efectuados con anterioridad a la audiencia la suma de S/ 2,107.00, quedando un saldo deudor de S/ 6,100.00, cuyo pago se acordó en diez cuotas mensuales de S/ 610.00, a efectuarse a partir del 02 de junio de 2026 mediante depósito judicial, debiendo darse cuenta de los respectivos abonos al órgano jurisdiccional.

2.3. El caso es, Señor Fiscal, el sentenciado únicamente ha cumplido con efectuar el pago de S/ 610.00, conforme se acredita con el Depósito Judicial N° 2026011000524, referido en la Resolución N° 11, de fecha 15 de junio de 2026. En ese sentido, se advierte que el sentenciado no ha cumplido con el pago de las cuotas restantes conforme al cronograma establecido en la sentencia.

2.4. Por lo expuesto, el sentenciado ha incumplido la regla de conducta N° 5, establecida en la parte resolutiva de la Resolución N° 07, que dispone: “Cumplir con el pago íntegro de las pensiones alimenticias devengadas y la reparación civil (indemnización) conforme lo acordado (…)”. Asimismo, en la referida resolución se estableció que, en caso de incumplimiento de cualquiera de las reglas de conducta, se procedería conforme a lo dispuesto por los artículos 59 y 60 del Código Penal, a solicitud del representante del Ministerio Público.

2.5. En mérito de ello, al haberse verificado el incumplimiento de la regla de conducta antes señalada, SOLICITO a su Despacho formule el correspondiente requerimiento de revocación de la suspensión de la ejecución de la pena, conforme a ley.

III.   FUNDAMENTOS DE DERECHO

3.1.   Artículo 59° del Código Penal, referido a los efectos del incumplimiento de las reglas de conducta durante el periodo de suspensión de la ejecución de la pena.

3.2.   Artículo 60° del Código Penal, respecto de la revocación de la suspensión de la ejecución de la pena en los supuestos legalmente previstos.

3.3.   Artículo 488° del Código Procesal Penal, referido a la intervención del Ministerio Público y del órgano jurisdiccional en la etapa de ejecución de las sentencias y al cumplimiento de las reglas de conducta.

 

IV.   MEDIOS QUE ACREDITAN EL INCUMPLIMIENTO

A efectos de acreditar objetivamente el incumplimiento denunciado, se adjunta y/o se solicita tener a la vista:

4.1. Resolución N° 07 (Sentencia), de fecha 01 de junio de 2026, que contiene la pena impuesta, las reglas de conducta y el acuerdo respecto del pago de las pensiones alimenticias devengadas.

4.2. Resolución N° 11, de fecha 15 de junio de 2026, en la que se hace referencia al Depósito Judicial N° 2026011000524.

4.3. Constancia del Depósito Judicial N° 2026011000524, correspondiente al pago de S/ 610.00.

POR LO EXPUESTO:

A usted, señor Fiscal, solicito se sirva tener por formulada la presente solicitud y, previa verificación del incumplimiento de la regla de conducta impuesta al sentenciado, FORMULAR ANTE EL ÓRGANO JURISDICCIONAL COMPETENTE EL REQUERIMIENTO DE REVOCACIÓN DE LA SUSPENSIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, conforme a los artículos 59 y 60 del Código Penal y demás normas pertinentes.

 PRIMER OTROSÍ: Que, adjunto copia de la Resolución N° 07 (Sentencia), de fecha 01 de junio de 2026; Resolución N° 11, de fecha 15 de junio de 2026; y documentación relacionada con el Depósito Judicial N° 2026011000524, para acreditar el incumplimiento señalado.

Arequipa, 07 de septiembre de 2026.

 

 

 

 

JOSÉ RAMOS FLORES                               LUCÍA MILET PACSI ROSALES

      ABOGADO                                                             DNI N° 00000000

 

 


lunes, 27 de julio de 2026

MODELO DE ESCRITO SOLICITANDO REPROGRAMACIÓN DE AUDIENCIA ÚNICA

MODELO DE ESCRITO SOLICITANDO REPROGRAMACIÓN DE AUDIENCIA ÚNICA
Por José Ramos Flores
Abogado del Estudio Jurídico Rambell Abogados de Arequipa

MODELO:

EXPEDIENTE          : 0000X-2023-0-0401-JP-FC-01

ESPECIALISTA       : ALICIA LOORD PÉREZ

ESCRITO                   : 02

DEMANDANTE       : RITA RUTH CURAL PEÑA

DEMANDADO         : RAMÓN JULIUS LUCAR VEGAS

SUMILLA                 : SOLICITO REPROGRAMACIÓN DE AUDIENCIA

SEÑOR JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CAYMA

RAMÓN JULIUS LUCAR VEGAS, en el proceso de alimentos seguido en mi contra, a usted, respetuosamente, digo:

I.         PETITORIO

Al amparo del derecho de defensa y del debido proceso reconocidos en los incisos 3 y 14 del artículo 139 de la Constitución, solicito a su Despacho se sirva reprogramar la Audiencia Única señalada para el día 21 de agosto de 2026 a las 10:00 a. m., debido a la imposibilidad material de que mi abogado patrocinador pueda concurrir a dicha diligencia, por haber sido previamente convocado a otra audiencia judicial programada para la misma fecha.

II.      FUNDAMENTOS

2.1.       Mediante la Resolución Nº 03, de fecha 22 de julio de 2026, su Despacho tuvo por contestada la demanda presentada por esta parte, por ofrecidos los medios probatorios y señaló fecha para la Audiencia Única el día 21 de agosto de 2026 a las 10:00 a. m.

2.2.       No obstante, mi abogado patrocinador fue convocado con fecha 11 de junio de 2026 para concurrir a una audiencia presencial programada por el Juzgado de Paz Letrado de Camaná para el mismo día 21 de agosto de 2026 a las 9:45 a. m., conforme se acredita con la Resolución Nº 06 y la respectiva cédula de notificación que se adjuntan. En consecuencia, se ha producido una superposición de audiencias que no ha sido ocasionada por esta parte ni responde a una conducta dilatoria, sino a un impedimento material ajeno a nuestra voluntad.

2.3.       En ese contexto, considerando la escasa diferencia horaria entre ambas diligencias, la distancia existente entre las ciudades de Camaná y Arequipa y el carácter presencial de la audiencia programada por el Juzgado de Paz Letrado de Camaná, resulta materialmente imposible que mi abogado patrocinador pueda asistir oportunamente a ambas diligencias. En consecuencia, resulta necesaria la reprogramación de la Audiencia Única señalada en el presente proceso, a fin de garantizar el ejercicio efectivo de mi derecho de defensa y el debido proceso.

2.4.       Por las razones expuestas, solicito a su Despacho se sirva reprogramar la Audiencia Única para la fecha y hora que estime pertinentes.

III.   MEDIO PROBATORIO

La Resolución Nº 06 y de la cédula de notificación expedidas por el Juzgado de Paz Letrado de Camaná, mediante las cuales se acredita la programación previa de la audiencia para el día 21 de agosto de 2026 a las 9:45 a. m., así como el mandato de comparecencia presencial a dicha diligencia.

IV.   ANEXOS

2-A. Copia de la Resolución Nº 06 y de la cédula de notificación expedidas por el Juzgado de Paz Letrado de Camaná, que acreditan la programación previa de la audiencia.

POR LO EXPUESTO:

A usted, señor Juez, solicito se sirva acoger la presente solicitud y disponer la reprogramación de la Audiencia Única, en resguardo de mi derecho de defensa y del debido proceso.

Arequipa, 24 de julio de 2026.

 

 

 

JOSE RAMOS FLORES                                   RAMÓN JULIUS LUCAR VEGAS

         ABOGADO                                                                 DNI Nº 00000000


 


domingo, 19 de julio de 2026

MODELO DE ESCRITO DE APERSONAMIENTO Y PEDIDO DE NOTIFICACIÓN VÁLIDA

MODELO DE ESCRITO DE APERSONAMIENTO Y PEDIDO DE NOTIFICACIÓN VÁLIDA 

Por Evelyn Bellido Cutizaca. Abogada del Estudio Jurídico Rambell Abogados de Arequipa.


MODELO:

EXPEDIENTE   : 0226-2026-0-0412-JR-FC-02

ESP. LEGAL      : JUAREZ PEÑA MARÍA GRACIA

MATERIA         : TENENCIA

DEMANDANTE    : REGNER BERROCAL SUEROS

DEMANDADO : MARÍA BERROCAL CALCINA

SUMILLA          : ME APERSONO Y SOLICITO SE ME NOTIFIQUE

SEÑOR JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA DE PAUCARPATA

MARÍA BERROCAL CALCINA, con DNI 00000000, con domicilio en la Calle Las Casuarina 111-E, Urb. 3 de Octubre, distrito de Socabaya, provincia y departamento de Arequipa, fijando mi domicilio procesal en calle Santa Marta 304, Oficina 206 (Interior B), Casilla electrónica xxxxx, correo: rambellabogados1@gmail.com, Celular 959702698, ante Ud. me presento y digo:

Habiendo tomado conocimiento, a través de comentarios de terceros, de la existencia de una demanda en mi contra, me apersoné al Módulo de Atención al Usuario de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, donde verifiqué que el señor Regner Berrocal Sueros ha interpuesto una demanda de tenencia, admitida mediante Resolución N° 01 y notificada a las partes. Sin embargo, dicha resolución, así como la demanda y sus anexos, no me han sido notificados en mi domicilio real, lo que hace suponer error en la diligencia de notificación o en el domicilio consignado por la parte demandante.

Esta situación me coloca en riesgo de ser declarada rebelde sin haber tenido conocimiento oportuno del proceso, vulnerando mi derecho de defensa, el debido proceso y la tutela jurisdiccional efectiva, reconocidos en los incisos 14 y 3 del artículo 139 de la Constitución. Por ello, a fin de tomar conocimiento formal de la demanda y ejercer adecuadamente mi defensa, de conformidad con el artículo 155 del Código Procesal Civil, me APERSONO al proceso y SOLICITO se disponga mi válida notificación con la demanda, sus anexos y la Resolución N° 01, en mi domicilio señalado en el presente escrito.

POR LO EXPUESTO:

A Ud. Señor Juez, solicito acceder a mi petición por ser conforme a ley.

Arequipa, 20 de julio de 2026.

 

EVELYN BELLID CUTIZACA                                        MARÍA BERROCAL CALCINA

          ABOGADA                                                                             DNI 00000000

domingo, 5 de julio de 2026

MODELO DE ESCRITO PIDIENDO FRACCIONAMIENTO DE PAGO DE DEVENGADOS DE ALIMENTOS

MODELO DE ESCRITO PIDIENDO FRACCIONAMIENTO DE PAGO DE DEVENGADOS DE ALIMENTOS

Por Evelyn Bellido Cutizaca

Abogado de Estudio Jurídico Rambell Abogados de Arequipa

 MODELO 1: 

EXPEDIENTE          : xxxxx-2023-0-0401-JP-FC-01

ESPECIALISTA       : ALICIA LOORD PEREZ

DEMANDADO        : RAMÓN JULIUS LUCAR VEGAS

DEMANDANTE      : RITA RUTH CURAL PEÑA

SUMILLA                : SOLICITO FRACCIONAMIENTO DE PAGO

SEÑOR JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CAYMA

RAMÓN JULIUS LUCAR VEGAS, en el proceso de alimentos seguido en mi contra, respetuosamente me presento y digo:

Mediante Resolución N° 15, del 12 de junio de 2026, se aprobó la liquidación de pensiones alimenticias devengadas por la suma de S/ 6 845.83, requiriéndose su cancelación en el plazo de tres (03) días. Reconozco la existencia de dicha deuda, la cual se originó debido a que en agosto de 2025 sufrí un accidente de tránsito, debidamente acreditado con los documentos que adjunto y fue de conocimiento de la demandante, hecho que me imposibilitó laborar durante varios meses y generó elevados gastos médicos, afectando significativamente mi capacidad económica.

Por ello, en algunos períodos no pude cumplir o lo hice de manera parcial. Sin embargo, tras mi recuperación en febrero de 2026, vengo cumpliendo íntegra y oportunamente con el pago de la pensión alimenticia desde marzo de 2026. En tal sentido, considerando que el retraso obedeció a un hecho ajeno a mi voluntad y que actualmente cumplo regularmente con la obligación alimentaria, SOLICITO se me conceda el fraccionamiento del pago de las pensiones alimenticias devengadas, proponiendo cancelarlas en siete (07) cuotas mensuales consecutivas, sin dejar de pagar la mensualidad que me corresponde pagar, precisando que mi pedido no implica negativa alguna al cumplimiento de la obligación, sino la solicitud de facilidades razonables para hacer efectivo el pago íntegro de la deuda.

ANEXOS:

7-A. Copia de certificados y documentos que acreditan el accidente de tránsito sufrido.

7-B. Constancia del último tratamiento médico recibido.

7-C. Documentos que acreditan gastos efectuados debido al accidente

 

POR LO EXPUESTO:

A Ud., señor Juez, solicito se sirva declarar fundado el presente pedido, por ser de justicia.

Arequipa, 6 de julio de 2026.



RAMÓN JULIUS LUCAR VEGAS                           EVELYN BELLIDO CUTIZACA

         DNI 00000000                                                                    ABOGADA


MODELO DE ESCRITO PIDIENDO FRACCIONAMIENTO DE PAGO DE DEVENGADOS DE ALIMENTOS

MODELO DE ESCRITO PIDIENDO FRACCIONAMIENTO DE PAGO DE DEVENGADOS DE ALIMENTOS

Por Evelyn Bellido Cutizaca

Abogado de Estudio Jurídico Rambell Abogados de Arequipa

 MODELO 2: 

EXPEDIENTE           : xxxxx-2023-0-0401-JP-FC-01

ESPECIALISTA       : ALICIA LOORD PEREZ

DEMANDANTE       : RITA RUTH CURAL PEÑA

DEMANDADO          : RAMÓN JULIUS LUCAR VEGAS

SUMILLA                  : SOLICITA FRACCIONAMIENTO DE PAGO DE

  PENSIONES ALIMENTICIAS DEVENGADAS.

SEÑOR JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CAYMA - AREQUIPA

RAMÓN JULIUS LUCAR VEGAS, identificado en autos, en el proceso de alimentos seguido por doña Rita Ruth Cural Peña, con el debido respeto me presento y expongo:

I.          PETITORIO

Solicito a su Despacho, previo traslado a la otra parte, se me conceda el fraccionamiento del pago de las pensiones alimenticias devengadas aprobadas mediante Resolución N° 15, de fecha 12 de junio de 2026, a fin de que el monto de S/ 6 845.83 requerido pueda cancelar en siete (07) cuotas mensuales consecutivas, debido a que el retraso se debió a un accidente de tránsito que sufrí, sin perjuicio de continuar cumpliendo puntual e íntegramente con el pago de la pensión alimenticia mensual vigente.

II.       FUNDAMENTOS DE HECHO

2.1.        Mediante Resolución N° 15, de fecha 12 de junio de 2026, su despacho aprobó la liquidación de pensiones alimenticias devengadas por la suma de S/ 7 845.83, requiriéndose su cancelación dentro del plazo de tres días.

2.2.  Reconozco expresamente la existencia de dicha obligación y manifiesto mi voluntad de cancelarla en su integridad. El presente pedido no constituye una oposición a la liquidación ni pretende dilatar el cumplimiento de la obligación alimentaria, sino únicamente solicitar una modalidad de pago que resulte materialmente posible de cumplir.

2.3.  El incumplimiento parcial de mis obligaciones alimentarias obedeció a circunstancias extraordinarias y ajenas a mi voluntad, pues, en el mes de agosto de 2025 sufrí un accidente de tránsito, hecho que se acredita con la documentación médica que acompaño y que, además, fue de conocimiento de la demandante. Como consecuencia de dicho accidente permanecí imposibilitado de desarrollar normalmente mis actividades laborales durante varios meses, afrontando además importantes gastos médicos y de recuperación, circunstancias que afectaron gravemente mi capacidad económica.

2.4.   Superada dicha situación, desde el mes de marzo de 2026 vengo cumpliendo oportunamente con el pago íntegro de la pensión alimenticia mensual, lo que evidencia mi voluntad permanente de atender las obligaciones derivadas del presente proceso.

2.5.   En ese contexto, el pago inmediato del íntegro de los devengados resulta económicamente imposible para mi actual capacidad de pago; sin embargo, sí me encuentro en condiciones de cancelar la totalidad de la deuda mediante un cronograma de siete cuotas mensuales consecutivas, sin dejar de cumplir simultáneamente con la pensión alimenticia corriente.

2.6.   El fraccionamiento solicitado permitirá garantizar el pago efectivo de la deuda alimentaria, evitando un incumplimiento y conciliando el interés del alimentista con las posibilidades reales del obligado, quien actúa de buena fe y demuestra una conducta de cumplimiento desde su recuperación.

III.    FUNDAMENTOS DE DERECHO

3.1.   Amparo la presente solicitud en lo dispuesto por el artículo II del Título Preliminar del Código Procesal Civil, que reconoce la facultad del juez de dirigir el proceso procurando una tutela jurisdiccional efectiva.

3.2.     El artículo 50 del del Código Procesal Civil, que le otorga facultades para adoptar las medidas necesarias para la adecuada conducción del proceso

3.3.       En los principios de buena fe procesal, razonabilidad y colaboración procesal, que orientan la actuación de las partes y del órgano jurisdiccional. Asimismo, el pedido resulta compatible con el principio del interés superior del niño, pues no persigue disminuir ni desconocer la obligación alimentaria, sino asegurar el pago íntegro de las pensiones devengadas mediante un mecanismo real y viable de cumplimiento, artículo IX del Título Preliminar del Código de Niños y Adolescentes y la Ley 30466 y su Reglamento.

IV.    MEDIOS PROBATORIOS Y ANEXOS

1-A. Copia del documento nacional de identidad.

1-B. Copia de certificados y documentos que acreditan el accidente de tránsito.

1-C. Constancia del tratamiento médico.

1-D. Documentación sustentatoria de los gastos médicos ocasionados por el accidente.

POR LO EXPUESTO:

A usted, señor Juez, solicito admitir el presente escrito y, oportunamente, conceder el pedido de fraccionamiento.

Arequipa, 6 de julio de 2026

 


RAMÓN JULIUS LUCAR VEGAS                           EVELYN BELLIDO CUTIZACA

         DNI 00000000                                                                    ABOGADA