LOS DERECHOS LABORALES EN LAS MICRO Y PEQUEÑAS EMPRESAS
JOSÉ RAMOS FLORES
ABOGADO SOCIO DE RAMBELL
ABOGADOS
En
nuestro país, al igual que en cualquier otro, no todas las empresas tienen el mismo
tamaño. Algunas son bastante pequeñas, como las llamadas microempresas, y otras
muy grandes, inclusive con sedes en diferentes ciudades o países.
Hasta
antes del 2013, por su tamaño, las empresas se clasificaban teniendo en cuenta el
número de sus trabajadores y su productividad. Desde el año 2013, al entrar en vigencia
el Texto Único Ordenado de la Ley de Impulso al Desarrollo Productivo y al Crecimiento
Empresarial, aprobada mediante el Decreto Supremo N° 013-2013-PRODUCE, para
clasificarlas ya no se toman en cuenta la cantidad de trabajadores, sino
solamente la magnitud de las ventas anuales.
Según el artículo
5° de la norma citada las empresas han sido clasificadas de la siguiente forma:
a.- La micro empresa.- Aquellas
empresas cuyo volumen de ventas anuales alcanza hasta un monto máximo de 150 Unidades
Impositivas Tributarias (UIT), lo que es equivalente a S/. 660 000.00 soles de
venta anual.
b.- La pequeña empresa.- Aquellas empresas cuyo volumen de venta anuales son superiores a 150 UIT
y hasta 1700 UIT. Es decir, sus ventas
anuales deben ser superiores a S/. 660 000.00 soles hasta S/. 7 480 000.00
soles.
c.- La mediana empresa.- Aquellas empresas cuyo volumen de ventas anuales son superiores a 1700 UIT
y alcanzan hasta 2300 UIT, lo que significa que sus ventas anuales deben ser
superiores a S/. 7 480 000.00 soles pero no mayos a S/. 10 120 000.00 soles.
d.- La gran empresa.- Constituida
por aquellas empresas con ventas a gran escala, por lo que sus ventas anuales
deberán ser superiores a los 2300 UIT; es decir, sus ventas anuales serán superiores
a S/. 10 120 000.00 soles.
Esta
diferencia no es por gusto, pues conforme a su tamaño las empresas tienen sus
obligaciones y beneficios, por ejemplo en caso de los tributos, así como en las
obligaciones laborales, pues el micro y la pequeña empresa no tienen las mismas
obligaciones que la mediana y gran empresa, aunque ello signifique, disminuir
algunos derechos y beneficios de los trabajadores.
En
el aspecto laboral la micro y pequeña se rige con el Decreto Supremo N° 013-2013-PRODUCE,
que establece el Régimen laboral especial de la micro y pequeña empresa o Ley
MYPEME, mientras la mediana y gran empresa se rigen con el Decreto Legislativo
728 o Régimen general de la actividad privada. Conforme a ella, los derechos y
beneficios laborales de los trabajadores de la micro y pequeña empresa no son
iguales al de sus semejantes de la mediana y gran empresa.
En
el siguiente cuadro puede observarse los derechos que perciben los trabajadores
de las micro y pequeñas empresas con los de la mediana y gran empresa:
LOS
DERECHOS LABORALES DE LOS TRABAJADORES EN LA MICRO, PEQUEÑA, MEDIANA Y GRAN
EMPRESA |
|||
DERECHOS Y BENEFICIS |
MICROEMPRESAS |
PEQUEÑA EMPRESA |
MEDIANA
Y GRAN EMPRESA |
Remuneración |
RMV a más |
RMV a más |
RMV a más |
Jornada laboral |
8 horas diarias (o 48 horas semanales) |
8 horas diarias (o 48 horas semanales) |
8 horas diarias (o 48 horas semanales) |
Descanso semanal y feriados |
Sí (24 horas) |
Sí (24 horas) |
Sí (24 horas) |
Vacaciones |
15 días. Puede reducirse a 7 días |
15 días. Puede reducirse a 7 días. |
30 días. Puede reducirse a 15 días |
Gratificaciones |
No perciben |
2 gratificaciones, cada una de medio (1/2) sueldo. |
2 gratificaciones, cada una de un (01) sueldo completo. |
Compensación por tiempo de servicios |
No perciben |
15 remuneraciones diarias por año. Máximo 90 remuneraciones. |
Una (01) remuneración mensual por año |
Utilidades |
No perciben |
Sí perciben |
Sí perciben |
Asignación familiar |
No perciben |
No perciben |
Sí perciben |
Sobretasa por trabajo nocturno |
No perciben |
No perciben |
Una sobretasa de 35% |
Indemnización por despido arbitrario |
10 remuneraciones diarias por año. Tope 90 remuneraciones |
20 remuneraciones diarias por año. Tope 120 remuneraciones |
Una remuneración y media por año. Tope 12 remuneraciones. |
Derechos colectivos |
No les reconocen |
Sí les reconocen |
Sí les reconocen |
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