MODELO DE ESCRITO SOLICITANDO SE DECLARE CONDENA NO PRONUNCIADA Y ANULACIÓN DE ANTECEDENTES - DELITO OAF
Por José Ramos Flores
Abogado del Estudio Juríco Rambell Abogados de Arequipa.
EXPEDIENTE : XXXXX-2025-09-0401-JR-PE-02
ESPECIALISTA : LUZ MILET PINO ROCHA
IMPUTADO : JULIO RODOLFO PIÑEROS VIDAL
AGRAVIADO : M. S. P. J.
SUMILLA :
SOLICITA SE DECLARE CONDENA NO PRONUNCIADA Y ANULACIÓN DE ANTECEDENTES.
SEÑOR JUEZ DEL
TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE AREQUIPA
JULIO
RODOLFO PIÑEROS VIDAL, en autos, en el proceso seguido en mi contra por el delito
contra la familia, en la modalidad de omisión de asistencia familiar, ante Ud.
me presento y digo:
I.
PETITORIO
Al
amparo del artículo 61° del Código Penal, SOLICITO SE DECLARE NO PRONUNCIADA LA
CONDENA impuesta en mi contra mediante Sentencia de Conformidad N° 0145-2025,
de fecha 05 de mayo de 2025, al haber transcurrido íntegramente el periodo de
prueba sin que haya cometido nuevo delito doloso ni infringido de manera
persistente y obstinada las reglas de conducta establecidas en la sentencia. En
consecuencia, solicito que se disponga la cancelación de los antecedentes
penales, judiciales y policiales generados con motivo de la presente condena,
cursándose los oficios correspondientes a las entidades competentes.
II.
FUNDAMENTOS DE HECHO
2.2. El periodo de prueba impuesto en la
sentencia, correspondiente a un año y dos meses, venció el 05 de julio de 2026,
habiendo transcurrido a la fecha de presentación del presente escrito el
íntegro del plazo establecido judicialmente.
2.3. Durante todo el periodo de prueba, el
suscrito ha cumplido estricta y cabalmente con las reglas de conducta impuestas
en la sentencia, entre ellas, concurrir mensualmente a la oficina de registro
para el correspondiente control biométrico y mantener su domicilio sin
variación, y efectuar el pago íntegro de la reparación civil, conforme se
acredita con los documentos que se adjuntan.
2.4.
Durante el periodo de prueba, el suscrito
no ha cometido nuevo delito doloso, ni ha sido condenado por delito doloso
alguno, circunstancia que solicito sea verificada mediante el correspondiente
reporte o boletín del Registro Nacional de Condenas.
2.5.
En consecuencia, habiendo transcurrido
íntegramente el periodo de prueba y encontrándose cumplidas las condiciones
previstas por el artículo 61 del Código Penal, así como la Casación N°
2696-2021/Huánuco, corresponde declarar no pronunciada la condena impuesta al
suscrito, consecuentemente se disponga la cancelación de los antecedentes
penales, judiciales y policiales generados con motivo de la presente condena,
cursándose los oficios correspondientes a las entidades competentes.
III.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
3.1. Artículo
61 del Código Penal, que establece que la condena se considera
como no pronunciada si transcurre el plazo de prueba sin que el condenado
cometa nuevo delito doloso ni infrinja de manera persistente y obstinada las
reglas de conducta establecidas en la sentencia.
3.2. Casación
N° 2696-2021/Huánuco, donde la Sala Penal Permanente de la
Corte Suprema, ha precisado que el artículo 61 del Código Penal regula la
condena no pronunciada y resulta aplicable a las penas suspendidas por un
periodo determinado bajo reglas de conducta, diferenciándola de la
rehabilitación automática regulada por el artículo 69 del Código Penal.
3.3. Cancelación
de antecedentes. Declarada
no pronunciada la condena, corresponde disponer las medidas registrales
necesarias respecto de los antecedentes generados por la presente causa,
cursándose el oficio correspondiente al Registro Nacional de Condenas y demás
registros que correspondan.
IV.
MEDIOS PROBATORIOS Y ANEXOS
1-A.- Copia de mi DNI.
1-B.- Copia certificada de la Sentencia de
fecha 05 de mayo de 2025.
1-C.- Reporte o constancia de cumplimiento
de las reglas de conducta y controles biométricos
1-D.- Constancia de pago del depósito
judicial por concepto de reparación civil.
POR
LO EXPUESTO:
A
usted, señor Juez, pido acceder a mi solicitud declarándola fundada por ser de
justicia.
Arequipa,
7 de septiembre de 2026.
JOSE
RAMOS FLORES JULIO
RODOLFO PIÑEROS VIDAL
ABOGADO DNI 00000000
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