jueves, 4 de febrero de 2021

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DECLARA INCONSTITUCIONAL LEY DE DEVOLUCIÓN DE APORTES DE LA ONP


Equipo RAMBELL

04/02/2021

El Tribunal Constitucional declaró inconstitucional la Ley 31083, aprobada por insistencia por el Parlamento, que autorizaba devolución de aportes de la Oficina de Normalización Previsional (ONP).

La decisión fue tomada por unanimidad en el proceso de inconstitucionalidad tramitada como Expediente N° 16-2020-PI/TC, cuya sentencia será oficialmente publicada recién el próximo lunes 8 de febrero del 2021.

La Ley 31083, publicada en El Peruano el 4 de diciembre del 2020, establecía la devolución total de aportes a los afiliados de la ONP que han cumplido 65 años y no hayan logrado aportar por 20 años para acceder al pago de su pensión. Asimismo autorizaba el retiro facultativo de hasta 1 UIT (S/ 4400) a los aportantes activos e inactivos de la ONP y establecía la entrega de un bono extraordinario equivalente a una remuneración mínima a los pensionistas.

La Ley 31083 fue considerada como un acto de justicia por muchos aportantes que no lograron aportar por 20 años y esperanza para muchos afiliados que veían una posibilidad de menguar la crisis económica producida por el estado de emergencia. Sin embargo, dicha esperanza se esfumó con este fallo de máximo intérprete de la Constitución. La sentencia del Tribunal Constitucional traerá mucho que hablar.

Comunicado del Tribunal Constitucional sobre la decisión tomada:

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