MODELO DE TRANSACCIÓN EXTRAJUDICIAL POR ACCIDENTE DE TRÁNSITO
Por: José José Flores
Publicado: 19/10/2025
En esta entrada se presenta un modelo de transacción extrajudicial celebrado por dos personas mayores de edad, donde uno de ellos causó accidente, por lo que de manera armoniosa solucionan el problema y evitan mayores problemas legales. Esperando que sea de utilidad les presentamos para que pueda ser utilizado en lo que fuere necesario.
MODELO DE TRANSACCIÓN EXTRAJUDICIAL
Conste
por el presente documento una Transacción Extrajudicial que celebran de una
parte el señor LUCAS BERNALL CURT, identificado con DNI N° 00000000,
domiciliado en calle Los Maizales N° 112-F, distrito de Sachaca, provincia y
departamento de Arequipa; y de la otra parte el señor RUFINO RIGO LÓPEZ QUINTO,
identificado con DNI N° 00000001, domiciliado en calle Los Rosales N° 115-G,
distrito de Miraflores, provincia y departamento de Arequipa; quienes convienen
lo siguiente:
PRIMERO:
El hecho que motiva la presente transacción es el accidente de tránsito
ocurrido el 16 de octubre de 2025, aproximadamente a las 18:00 horas, en las
inmediaciones de la Av. Independencia N° 1123, frente a la vivienda signada con
dicho número, en el Cercado de Arequipa. En el mencionado accidente
participaron el señor Lucas Bernall Curt, quien conducía una motocicleta marca
Venzo, placa V1-112X, y el señor Rufino Rigo López Quinto, conductor de una
motocicleta marca Honda, placa H2-234X. A consecuencia del impacto, el señor
Lucas Bernall Curt resultó con lesiones corporales, cuya atención y tratamiento
médico ascienden a la suma de S/ 1200.00 (mil doscientos soles).
SEGUNDO:
El señor Lucas Bernall Curt reconoce su responsabilidad en el accidente y se
compromete a cubrir los gastos antes mencionados. A la fecha, ha abonado la
suma de S/ 600.00 (Seiscientos y 00/100 soles) y se compromete a cancelar el
saldo pendiente de S/ 600.00 (Seiscientos y 00/100 soles) en dos cuotas de S/
300.00 (Trescientos y 00/100 soles) cada una, conforme al siguiente cronograma:
Primera cuota: hasta el 01 de noviembre de 2025 y la Segunda cuota: hasta el 15
de noviembre de 2025.
El
pago se efectuará mediante depósito en la cuenta de ahorros N° 31482548813XXX
del Banco de Crédito del Perú (BCP), a nombre del señor Rufino Rigo López
Quinto.
TERCERO:
En virtud del compromiso asumido, ambas partes, de manera libre y voluntaria,
acuerdan dar por concluido el conflicto originado por el accidente, renunciando
a iniciar o continuar cualquier acción penal, civil o administrativa
relacionada con los hechos materia de esta transacción.
CUARTO:
Las partes aceptan íntegramente los términos de la presente Transacción
Extrajudicial y se obligan a cumplir estrictamente lo pactado. En caso de
incumplimiento por parte del señor Lucas Bernall Curt, el señor Rufino Rigo
López Quinto queda facultado para acudir a la vía judicial correspondiente a
fin de exigir el pago del saldo pendiente.
QUINTO:
La presente transacción se celebra conforme a lo dispuesto en los artículos
1302° y 1306° del Código Civil, así como al principio de oportunidad previsto
en el artículo 2° del Código Procesal Penal.
SEXTO:
En la celebración del presente acto, no ha mediado dolo, error, violencia,
coacción, simulación ni otro vicio de la voluntad que afecte su validez o
eficacia jurídica.
En
fe de lo expuesto, las partes firman la presente Transacción Extrajudicial en
la ciudad de Arequipa, a los 18 días del mes de octubre de 2025, legalizando
sus firmas ante Notario Público y acuerdan entregar copia del documento a la
Delegación de la Policía Nacional del Perú correspondiente.
LUCAS BERNALL
CURT RUFINO
RIGO LÓPEZ QUINTO
DNI
00000000 DNI 00000001