MODELO DE ESCRITO REQUERIENDO PAGO DE LA BONIFICACIÓN ESPECIAL POR PREPARACIÓN DE CLASES Y EVALUACIÓN (30%) Y CARGO DIRECTIVO (5%)
Por José Ramos Flores
Abogado del Estudio Jurídico Rambell Abogados de Arequipa
MODELO DEL ESCRITO:
SUMILLA: Requiero el
reconocimiento y pago del reintegro de la Bonificación Especial por Preparación de Clases y
Evaluación.
SEÑOR
DIRECTOR DE LA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL ……
FELBERT
AIRTON ROCA PEDRAZA, identificado con DNI N° 00000000, domiciliado en Av.
Brasil 312-C, distrito de Alto Selva Alegre, provincia y departamento de
Arequipa; con domicilio legal en Calle Santa Marta N° 304, Oficina 206 (Interior
B), Cercado de Arequipa; celular 959792698 y correo rambellabogados1@gmail.com, ante usted me
presento y digo:
I.
PETITORIO
Por medio del presente,
acudo a su Despacho con la finalidad de REQUERIR que, dentro del plazo
de quince (15) días hábiles, se me reconozca y pague el reintegro de los
devengados de la Bonificación Especial por Preparación de Clases y Evaluación,
prevista en el artículo 48 de la Ley N° 24029, Ley del Profesorado, calculada
sobre la base del 30% de mi remuneración total, correspondiente al período del
03 de marzo de 1993 a 25 de noviembre de 2012, más los intereses legales.
De
manera acumulativa, solicito se me reconozca y pague el
reintegro de los devengados de la Bonificación Adicional por el desempeño del
cargo y preparación de documentos de gestión, equivalente al 5% de mi
remuneración total, conforme a lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo
48° de la Ley N° 24029, por el período del 01 de marzo de 2002 a diciembre de
2012, más los intereses legales.
En caso de
incumplimiento de lo solicitado, quedaré habilitada para interponer las
acciones judiciales correspondientes, conforme a ley.
II. FUNDAMENTOS
DE HECHO
2.1. Soy docente nombrado de treinta (30) horas pedagógicas, y laboro en la Institución Educativa……..…., perteneciente a la jurisdicción de la UGEL…….…, conforme se acredita con los documentos que adjunto.
2.2. El
artículo 48° de la Ley N° 24029, Ley del Profesorado, modificado por el
artículo 1° de la Ley N° 25212, establece que: “El profesor tiene derecho a
percibir una bonificación especial mensual por preparación de clases y
evaluación equivalente al 30 % de su remuneración total. El personal directivo
y jerárquico, así como el personal docente de la Administración de Educación y
de Educación Superior comprendidos en la presente ley, perciben, además, una
bonificación adicional por el desempeño del cargo y por la preparación de
documentos de gestión equivalente al 5 % de su remuneración total”. Dicho
derecho se encuentra igualmente regulado en el artículo 210 del Decreto Supremo
N° 019-90-ED, Reglamento de la Ley del Profesorado y reafirmado por la Ley Nº
31495.
2.3. Conforme
a las normas citadas, se desprende de manera inequívoca que tanto la
Bonificación Especial por Preparación de Clases y Evaluación (BONESP) como la
bonificación adicional del 5 % por el ejercicio de cargos directivos o
jerárquicos deben calcularse sobre la remuneración total, criterio que ha sido
reiteradamente reconocido por la jurisprudencia de la Corte Suprema y del
Tribunal Constitucional, entre otras, en la Casación N° 34397-2023-Lima y el
Expediente N° 01201-2024-PC/TC. No obstante, dichas bonificaciones han sido
indebidamente calculadas sobre la base de la remuneración total permanente, en
errónea aplicación del Decreto Supremo N° 051-91-PCM.
2.4. Por
las razones expuestas, por los motivos indicados es que requiero se me
reconozca y pague los devengados la Bonificación Especial por Preparación de
Clases y Evaluación dispuesta por el artículo 48 de la Ley 24029, Ley del
Profesorado, calculada en base al 30% de mi remuneración total; así como el
adicional del 5%, conforme a mi petitorio.
III. ANEXOS
1. Copia
de mi Documento Nacional de Identidad.
2. Copia
de la Resolución Directoral de Nombramiento.
3. Copia
de las Resoluciones Directorales por ejercicio de cargo directivo.
4. Copia
de la Resolución de Reubicación.
5. Copia
de boletas de pago.
POR LO EXPUESTO:
A usted, señor Director,
solicito acceder a lo peticionado por ser conforme a derecho.
Arequipa,
13 de febrero de 2026.
FELBERT
AIRTON ROCA PEDRAZA
DNI N° 00000000
Dr. buenas tarde, no tendrá un modelo de escrito de restitución de pago por FONAHPU, ya que a mi me pagaban y ahora recibo 1 079 soles y por ello me han dejado de pagar dicho beneficio. Soy cesante del magisterio del DL 20530. Gracias
ResponderEliminarSi yo recién voy a presentar que debo pedir a la Ugel dónde trabajé.
ResponderEliminarPresente su solicitud adjuntando copia de tu DNI, copia de Resoluciones y copia de boletas de paga
EliminarDr. Buen día, mi caso es que yo ya agote la vía administrativa tengo la RD de la Ugel, la RD de la Geredu Cusco. Que me recomienda gracias.
ResponderEliminarDisculpe si somos contratados también tenemos derecho a persibir ésos bonos
ResponderEliminarBuenos días, ¿se tiene que solicitar solo por el tiempo de nombrado? ¿Desde que año se puede solicitar?
ResponderEliminarDr. Buenos días cual es el número de contacto por favor
ResponderEliminarYo tengo más de dos años presentado y aún no fecha de pago.
ResponderEliminarNúmero de contacto para pedir asesoría por favor
ResponderEliminarLa Ugel me comunica que esas normas ya han caducado, cómo puedo proceder
ResponderEliminarAmigo dame tu direccion o tu numero de celular estoy interesado por tu anuncio
ResponderEliminarY cual es el trámite para los maestros jubilados?... El formato es el mismo?
ResponderEliminarBUENAS TARDES, EN MI CASO YA ESTOY EN APLICATIVO DEL MEF Y ESTOY A LA ESPERA DE PAGO. O HAY OTRO PROCEDIMIENTO.
ResponderEliminarBuenas tardes Dr.yo presente mis documentos el ultimo año que era para presentar y hasta la fecha no hay nada de frespuesta que puedo hacer gracias por la información que Dios lo bendiga.
ResponderEliminarBuenos dias, gracias por compartir, una pregunta recién me nombre tengo 23 años de docente, nunca tramite ,pago por preparación de clase, soy de Lima .Que documentos debo presentar a la UGEL para solicitar dicho pago .
ResponderEliminarConsultas y asesoría al Whatssap 959702698
ResponderEliminarEs necesario la Constancia de pagos? De la UGEL donde trabaje durante 220 años?
ResponderEliminarSeñores,buenas tardes,a mi me salio 2 resoluciones denegados yo trabsje desde 1983 - 2014, soy de Pucallpa Ugel Coronel Portillo,que me recomienda, gracias mi numero de celular es 983103679 espero tener contacto con Ud.
ResponderEliminarEn mi caso somos sucesivos intestada beneficiarios de hace 3 años tenemos aplicativo y hasta la fecha no hay pago el dinero se devalúa creo que hay procedimientos para pago como encargos o demandas penales a los funcionarios por incumplimiento de pago
ResponderEliminarEl 30 porciento por planificar clases es sólo para nombrados, o también para contratados.
ResponderEliminarDoctor yo soy contratado, osea es necesario que un abogado lo realice toda la documentación, o uno mismo lo puede hacer.
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