martes, 26 de enero de 2021

EL RECURSO DE REPOSICION

EL RECURSO DE REPOSICION
Jose Ramos Flores
Instituto Rambell de Arequipa

1.      DEFINICION
El recurso de reposición es un recurso ordinario e impropio. Es ordinario porque presenta requisitos comunes a cualquier otro recurso, y es impropio porque se presenta ante el mismo juez que expidió la resolución, y a la vez, es él mismo quien resuelve[1].
La finalidad del recurso de reposición es cuestionar los errores o vicios contenidos decretos únicamente; es decir, errores o vicios en resoluciones de mero trámite que impulsan el proceso.[2]
La Jurisprudencia de nuestra Corte Suprema así lo señala, cuando dice que “contra los decretos solo cabe interponer recurso de reposición, por lo que en estos casos resulta improcedente el recurso de apelación”[3]
2.      BASE LEGAL
El Código Procesal Civil regula lo referente al recurso de reposición en las siguientes normas:
Artículo 362.- Procedencia.- El recurso de reposición procede contra los decretos a fin de que el Juez los revoque.
Artículo 363.- El plazo para interponerlo es de tres días, contado desde la notificación de la resolución. Si interpuesto el recurso el Juez advierte que el vicio o error es evidente o que el recurso es notoriamente inadmisible o improcedente, lo declarará así sin necesidad de trámite. De considerarlo necesario, el Juez conferirá traslado por tres días. Vencido el plazo, resolverá con su contestación o sin ella.
Si la resolución impugnada se expidiera en una audiencia, el recurso debe ser interpuesto verbalmente y se resuelve de inmediato, previo traslado a la parte contraria o en su rebeldía.
El auto que resuelve el recurso de reposición es inimpugnable.
3.      PLAZO DE INTERPOSICION
El plazo para interponerlo es de tres días, contado desde la notificación de la resolución, sin distinción de la vía en que se tramita el proceso.
Sin embargo, si la resolución impugnada se expidiera en una audiencia, el recurso debe ser interpuesto verbalmente y se resuelve de inmediato, previo traslado a la parte contraria o en su rebeldía.
Además debemos tener en cuenta que el auto que resuelve el recurso de reposición es inimpugnable; es decir, frente a la resolución que resuelve el recurso de reposición no cabe interponer otro recurso.
4.       MODELO
Modelo de Recurso de Reposición
EXPEDIENTE      : 935-2012
SECRETARIO      : JUAN JOSE MEDIBEL LOZA 
MATERIA            : DIVISION Y PARTICION
DEMANDADO   : JULIO CESAR CAMACHO PINTO
DEMANDANTE : LUCIO CAMACHO PRADO
SUMILLA             : RECURSO DE REPOSICIÓN
SEÑOR JUEZ DEL…………… JUZGADO CIVIL DE AREQUIPA
JULIO CESAR CAMACHO PINTO, en autos en el proceso abreviado de división y partición seguido en contra de LUCIO CAMACHO PRADO, me presento a Ud. y digo:
I.        PETITORIO
Que, dentro del término de ley interpongo Recurso de Reposición contra la Resolución Nº 03-2013, de fecha 17 del mes julio del 2013; decreto que dispone se me corra traslado de la tacha de documentos formulada por el demandado; SOLICITANDO a su Despacho se revoque dicho Decreto y en consecuencia se declare improcedente la tacha por extemporánea, por los fundamentos que paso a exponer:
II.      FUNDAMENTOS DE HECHO
1.       La demanda interpuse con fecha 17 de junio, la misma que fue admitida mediante la Resolución Nº 02-2013, el mismo que se notifica al demandado con fecha 04 de julio del 2013, cuya constancia de notificación corre a fojas 27, por lo que el plazo para interponer la tacha vencía el día 09 del mismo mes,  de conformidad con el artículo 491°, Inciso 1, del Código Procesal Civil.
2.       El caso es que, en el presente proceso la tacha ha sido interpuesta el día 11 de julio del 2013; es decir, al quinto día de haberse notificado al demandado con la demanda y anexos.
3.       Como podrá constatar señor Juez, a fojas 27 se encuentra la constancia de notificación con nombre, firma y numero de DNI del mismo demandado, que dan fe de que ha sido notificado el 04 de julio del 2013, y a fojas 31 y siguientes corre el escrito de tacha, la misma que fue presentada en el CDG del Poder Judicial con fecha 11 de julio del 2013, con lo cual se prueba que ha sido interpuesta extemporáneamente.
4.       Por los fundamentos expuestos, interpongo el presente recurso, a fin de que su Despacho revoque el Decreto contenido en la Resolución Nº 03-2013 y en consecuencia se declare improcedente la tacha por extemporánea.
III.    FUNDAMENTOS DE DERECHO
Mi recurso se funda en las siguientes normas del Código Procesal civil:
·      En el artículo 362°, que señala que el recurso de reposición procede contra los decretos a fin de que el Juez los revoque. En este caso, interpongo el presente recurso contra el Decreto contenido en la Resolución Nº 03-2013.
·      En el artículo 363º, que señala que el plazo para interponer el recurso de reposición es de 3 días, contado desde la notificación de la resolución. En este caso, estoy interponiendo dentro del plazo que la ley me concede.
POR LO EXPUESTO:
A Usted., Señor Juez, sírvase declarar fundada la Reposición interpuesta.
 Arequipa, 19 de julio del 2013


Abogado                                                                            Demandante


[1] Véase  TAVARA CORDOVA, Francisco. Los recursos procesales civiles. Gaceta Jurídica. Primera Edición. Lima, 2009. p. 25.
[2] El Código procesal Civil en su articulo 122 señala que “Mediante los decretos se impulsa el desarrollo del proceso, disponiendo actos procesales de simple tramite”
[3] Exp. Nº 1146-97. Cuarta Sala Civil, 22 de julio de 1997.

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