sábado, 29 de enero de 2022

MODELO DE DEMANDA DE ALIMENTOS - RAMBELL ABOGADOS

MODELO DE DEMANDA DE ALIMENTOS

EVELYN BELLIDO

ABOGADA ESPECIALIZADA EN DERECHO DE FAMILIA

Conforme al artículo 472 del Código Civil “se entiende por alimentos lo que es indispensable para el sustento, habitación, vestido y asistencia médica, según la situación y posibilidades de la familia. Cuando el alimentista es menor de edad, los alimentos comprenden también su educación, instrucción y capacitación para el trabajo” y en el mismo sentido también se manifiesta el artículo 92 del Código de Niños y Adolescentes.

La obligación de alimentar a los hijos recae en los padres, por lo que si uno de ellos no cumple con esta obligación, el otro progenitor puede demandarlo judicialmente.

Para ello en lo que sigue les alcanzamos un modelo de demanda de alimentos, que será de utilidad para poder efectuar la demanda.

MODELO DE DEMANDA DE ALIMENTOS

EXPEDIENTE    :

ESPECIALISTA :

MATERIA          : ALIMENTOS

DEMANDANTE: LUCIANA RUTH CRUZ PALACIOS

DEMANDADO  : BRANDON CURI LOJA

SUMILLA          : DEMANDA DE ALIMENTOS

SEÑOR JUEZ DE PAZ LETRADO DEL MÓDULO BÁSICO DE JUSTICIA DE HUNTER

LUCIANA RUT CRUZ PALACIOS, Identificada con DNI. 42111111, con domicilio real en Calle Rinconada 1102, distrito de Sachaca, Provincia y Departamento de Arequipa, fijando mi domicilio procesal en la calle Santa Marta 304, Oficina 206-B, Casilla Electrónica 0000, ante Ud. me presento y digo:

I.         DEMANDADO

La presente demanda dirijo en contra de don ROBERT BRANDON CURI LOJA, padre de mi  menor hijo, el  mismo que tiene dos domicilios en las que se debe notificar:

·         Calle Los Sauces 1112, distrito de Tiabaya, provincia y departamento de Arequipa.

·         Calle Junín 1012 del distrito de Cerro Colorado, provincia y departamento de Arequipa.

II.       PETITORIO

Invocando interés y legitimidad para obrar interpongo demanda de cobro de alimentos en contra de ROBERT BRANDON CURI LOJA, a efectos de que acuda con una pensión de alimentos a favor de su menor hijo PATRIKC BRANDON CURI CRUZ, con una pensión mensual adelantada de S/. 5 000.00 (Cinco mil y 00/100 soles), teniendo en consideración que el demandado cuenta con recursos suficientes para atender con lo solicitado, conforme a los siguientes fundamentos de hecho y derecho: 

III.    FUNDAMENTOS DE HECHO:

3.1.    Con el demandado procreamos al menor PATRIKC BRANDON CURI CRUZ, nacido con fecha 13 de enero del 2010, tal como acredito con el Acta de Nacimiento N° 010, expedida por la Municipalidad distrital de Sachaca, que adjunto.

3.2.    A partir del Acta de Nacimiento se desprende que el demandado es padre de mi menor hijo, sin embargo no se hace cargo de su responsabilidad de padre, pues hasta la fecha no acude con los alimentos a su menor hijo.

3.3.    El menor para quien reclamo los alimentos actualmente tiene 07 años de edad y se encuentra estudiando en la Institución Educativa Particular José Carlos Mariátegui del Cercado de Arequipa, tal como puede verse en la Constancia de Estudios que adjunto, por lo que está demostrado el estado de necesidad urgente y apremiante del menor, de los cuales con mucha dificultad actualmente mi persona se hace cargo.

3.4.  El demandado es un próspero comerciante que cuenta con ingresos suficientes, pues se dedica a la venta de frutas en el Mercado Mayorista de Rio Seco, tienda y/o puesto N° 303, tiene casas (02), Camiones, Custer y Camión que son de su propiedad, que le genera ingresos que superan los S/. 15 000.00 mensualmente, lo que se podrá ver a través del reporte de su RUC por parte de la SUNAT y los documentos que adjunto.

3.5.    Por los motivos expuestos, teniendo en cuenta el estado de necesidad urgente y apremiante del menor, así como la capacidad económica del demandado, es que SOLICITO que el demandado pase una pensión mensual adelantada ascendente a la suma de S/. 5 000.00, a favor de su menor hijo.

IV.     FUNDAMENTOS DE DERECHO

Amparo mi petición en lo establecido por:

-    El artículo 472° del Código Civil que establece que por alimentos debe entenderse por lo indispensable para el sustento, habitación, vestido y asistencia médica, según la situación y posibilidades de la familia.

-   El artículo 481° del Código Civil establece que “Los alimentos se regulan por el juez en proporción a las necesidades de quien los pide y a las posibilidades del que debe darlos, atendiendo además a las circunstancias personales de ambos, especialmente a las obligaciones a que se halle sujeto el deudor. No es necesario investigar rigurosamente el monto de los ingresos del que debe prestar los alimentos”.

-     Artículo 547° del Código Procesal Civil, segunda parte, que señala que los Jueces de Paz letrados conocen los asuntos referidos en el inciso 1) del artículo 546, siempre que exista prueba indubitable del vínculo familiar.

V.       MONTO DEL PETITORIO:

El monto de la pensión de alimentos que se solicita es de S/.  5 000.00 (Cinco mil quinientos y 00/100 soles) mensuales adelantadas.

VI.     VIA PROCEDIMENTAL:

De conformidad con lo establecido por el artículo 161 DEL Código de Niños y Adolescentes, la vía procedimental que corresponde en el presente es la del proceso único.

VII.       MEDIOS PROVATORIOS:

Ofrezco lo siguiente:

7.1.    Acta de Nacimiento N° 010 de PATRIKC BRANDON CURI CRUZ, expedida por la Municipalidad distrital de Sachaca, con ello pruebo el entroncamiento familiar, así como la edad del menor.

7.2.    Constancia de Estudios de PATRIKC BRANDON CURI CRUZ, expedida por la Dirección de la Institución Educativa José Carlos Mariátegui, distrito de Arequipa, Provincia y departamento de Arequipa, con lo que acredito que el menor en mención se encuentra en etapa escolar, por lo que necesita apoyo económico, así como afectivo.

7.3.    Documentos que demuestran gastos diarios del menor, que acreditan que la recurrente es la única que se ocupa de los gastos por concepto de alimentos, ropa, educación, salud, distracción y cualquier otro tipo de gasto para nuestro hijo.

7.4.    Ficha Literal del inmueble ubicado en el Mercado mayorista de Río Seco de Cerro Colorado, Puesto y/o tienda N° 303, que demuestra que tiene un negocio propio de venta de frutas por mayor y menor, por lo tanto tiene capacidad económica.

7.5. Fotografías en plena actividad de venta de frutas del demandado, con una abundante concurrencia de clientes, en su puesto de venta de frutas propio, cito en el Mercado Mayorista de Río Seco, que demuestra que es un próspero comerciante y tiene capacidad económica suficiente para acudir con lo solicitado a su hijo.

7.6.  Ficha Literal del inmueble ubicado en Calle Junín 1012 del distrito de Cerro Colorado, provincia y departamento de Arequipa, a nombre del demandado, que demuestra que el demandado tiene capacidad económica suficiente para acudir a su hijo con lo solicitado.

7.7.    Ficha Literal del inmueble ubicado en Calle Los Sauces 1112, distrito de Tiabaya, provincia y departamento de Arequipa, a nombre del demandado, que demuestra que el demandado tiene capacidad económica.

7.8. Partida Registral del Vehículo Camioneta Marca Toyota, Placa RX-301, a nombre del demandado, que demuestra que el demandado tiene capacidad económica.

7.9.    Partida Registral del Vehículo modelo Custer, Marca Mitsubishi, Placa TM-307, a nombre del demandado, que realiza servicio urbano de pasajeros, lo que demuestra que el demandado tiene capacidad económica.

7.10. Partida Registral del Vehículo Camión, Marca Volvo, Placa MV-707, a nombre del demandado, que realiza servicio de Carga pesada, lo que demuestra que el demandado tiene capacidad económica.

7.11. Consulta de RUC N° 10421212123, de ROBERT BRANDON CURI LOJA, con ello demuestro que el demandado desarrolla como su actividad principal de Comerciante. Este documento adjunto en una impresión simple desde la página Web de la SUNAT, por lo que solicito a su Juzgado oficiar a la SUNAT para que informe a su Juzgado sobre la capacidad tributaria del demandado, lo que demuestra que su capacidad económica es alta.

VIII.     ANEXOS

Adjunto los siguientes:

1-A.- Copia de mi DNI

1-B.- Acta de Nacimiento N° 010 de PATRIKC BRANDON CURI CRUZ.

1-C.- Constancia de Estudios de PATRIKC BRANDON CURI CRUZ.

1-D.- Documentos que demuestran gastos efectuados.

1-E.- Ficha Literal del inmueble ubicado en el Mercado mayorista de Río Seco de Cerro Colorado, Puesto y/o tienda N° 303.

1-F.- Fotografías en plena actividad de venta de frutas del demandado.

1-G.- Ficha Literal del inmueble ubicado en Calle Junín 1012, distrito de Cerro Colorado, Arequipa.

1-H.- Ficha Literal del inmueble ubicado en Calle Los Sauces 1112, distrito de Tiabaya, provincia y departamento de Arequipa.

1-I.- Partida Registral del Vehículo Camioneta Marca Toyota, Placa RX-301

1-J.- Partida Registral del Vehículo modelo Custer, Marca Mitsubishi, Placa TM-307.

1-K.- Partida Registral del Vehículo Camión, Marca Volvo, Placa MV-707

1-L.- Consulta de RUC N° 10421212123, de ROBERT BRANDON CURI LOJA.

 

POR LO EXPUESTO:

A Ud. Señor Juez ruego admitir la presente demanda.

PRIMER OTROSI: En el presente proceso se solicita alimentos para un menor de edad con indudable relación familiar y conforme al artículo 3.6. de la Directiva N° 007-2020-CE-PJ que regula el “Proceso Simplificado de Pensión de Alimentos para niños, niñas y adolescentes”, una vez admitida la demanda, solicito se cumpla con dictar medida cautelar de asignación anticipada de alimentos, teniendo en cuenta que el demandado es un próspero comerciante.

SEGUNDO OTROSI: De conformidad con el Art. 562° del Código Procesal Civil, solicito a su despacho se me exonere del pago de aranceles y tasas judiciales.

TERCER OTROSI: De conformidad con el artículo 80° del Código Procesal Civil, otorgo a los abogados que autorizan el presente escrito las facultades general de representación del artículo 74° del mismo Código, debiéndose tener presente mi domicilio personal señalado en este recurso y declarando que la suscrita está instruido de la representación que otorga.

Arequipa, 28 de enero de 2022.

 

 

 

EVELYN BELLIDO CUTIZACA                          LUCIANA RUT CRUZ PALACIOS

           ABOGADA                                                                            DNI. 42111111


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