miércoles, 15 de octubre de 2025

MODELO DE ESCRITO SOLICITANDO REPROGRAMACIÓN DE AUDIENCIA

MODELO DE ESCRITO SOLICITANDO REPROGRAMACIÓN DE AUDIENCIA

Por José Ramos Flores

Abogado del Estudio Jurídico Rambell Abogados


MODELO DEL ESCRITO:


EXPEDIENTE   : xxxxx-2025-0-0401-JR-PE-03

ESPECIALISTA : JULIUS LOZA LOZA

DELITO            : OIMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR

IMPUTADO      : LUIS ANGEL RIBU RIBU

AGRAVIADA   : R. R. A. REPRESENTADA POR SU MADRE

                            LOURDES AMELIA AMIC BRAVO

SUMILLA         : REPROGRAMACIÓN DE AUDIENCIA

SEÑOR JUEZ DEL XXXX JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE AREQUIPA

LUIS ANGEL RIBU RIBU, en autos en el proceso penal por omisión a la asistencia familiar, ante Ud. me presento y digo:

Mediante Resolución N° 05, se dispuso la programación de la audiencia de proceso inmediato para las 08:30 horas del día 27 de octubre de 2025. Sin embargo, debo informar que con anterioridad fui invitado a participar como ponente en un Curso Taller que se desarrollará los días 27 y 28 de octubre del presente año, en la ciudad de Lima, en las instalaciones de la Universidad [nombre de la universidad]. Adjunto el oficio de invitación y los boletos aéreos que acreditan dicha circunstancia.

Por esta razón, me encuentro impedido de asistir y ejercer personalmente mi derecho de defensa en la fecha fijada. En atención a ello, y con el propósito de garantizar el pleno ejercicio de dicho derecho, solicito se disponga la reprogramación de la audiencia de proceso inmediato para una fecha próxima en la que pueda concurrir.

ANEXOS:

1-A. Oficio de invitación de fecha 04 de agosto de 2025.

1-B. Boletos de viaje en Latam Airlines, con salida el 26 de octubre de 2025.

 

Arequipa, 15 de octubre del 2025

 

 

 

JOSÉ RAMOS FLORES                                                               LUIS ANGEL RIBU RIBU

      ABOGADO                                                                                                  DNI 00000000


sábado, 11 de octubre de 2025

MODELO DE ESCRITO DE REQUERIMIENTO JUDICIAL DE PAGO DE DEUDA EN EJECUCION DE ACTA DE CONCILIACIÓN

MODELO DE ESCRITO DE REQUERIMIENTO JUDICIAL DE PAGO DE DEUDA EN EJECUCION DE ACTA DE CONCILIACIÓN

Por José Ramos Flores

Abogado del Estudio Jurídico Rambell Abogados


MODELO DE ESCRITO:


EXPEDIENTE : xxxxx-2024-0-0405-JP-CI-01

ESPECIALISTA : VIOLETA LORA NINA

MATERIA       : EJECUCION DE ACTA DE CONCILIACIÓN

DEMANDANTE : BETZABETH RIVERA RIVAS

DEMANDADO   : RANULFO PEÑA PEREZ

SUMILLA       : REQUERIMIENTO DE PAGO

SEÑOR JUEZ DE PAZ LETRADO DEL JUZGADO DE……….

JOSE RAMOS FLORES, Abogado de BETZABETH RIVERA RIVAS, en autos en el proceso de ejecución de acta de conciliación, ante Ud. me presento y digo:

Mediante Resolución N° 03 se expidió el auto final, disponiéndose que el demandado pague la suma de S/ 12,567.80. Posteriormente, este efectuó un depósito de S/ 3,500.00 y se comprometió, conforme a la Resolución N° 06, a cancelar el saldo en cuotas mensuales de S/ 1,000.00. No obstante, solo cumplió con un pago correspondiente al mes de julio de 2025.

En atención a lo expuesto, solicito se requiera al demandado Ranulfo Peña Pérez a cancelar el monto pendiente de S/ 8,067.80, en el plazo de tres días, bajo apercibimiento de imponérsele multas sucesivas y compulsivas en caso de incumplimiento.

POR LO EXPUESTO:

Ruego a Ud. acceder a los solicitado.

Arequipa, 10 de octubre de 2025

 

 

 

JOSÉ RAMOS FLORES                                       BETZABETH RIVERA RIVAS

      ABOGADO                                                                    DEMANDANTE 

miércoles, 8 de octubre de 2025

¿Cómo cobrar las costas y los costos del proceso en Perú?

¿Cómo cobrar las costas y los costos del proceso en Perú?

Por José Ramos Flores

Abogado del Estudio Jurídico Rambell Abogados de Arequipa.

 

Según el artículo 410 del Código Procesal Civil, las costas están constituidas por las tasas judiciales, los honorarios de los órganos de auxilio judicial y los demás gastos judiciales realizados en el proceso. Mientras que los costos del proceso comprenden el honorario del Abogado de la parte vencedora, más un 5% destinado al Colegio de Abogados del Distrito Judicial respectivo.

La orden del pago de costos y costas es decretada por el Juez en la sentencia u otra resolución que pone fin al proceso, imponiendo su pago a la parte vencida.

Para su cobro, conforme al artículo 418 del Código Procesal Civil, la parte favorecida solicita liquidación de costas y costos, acompañando documentos indubitables y de fecha cierta que acrediten los gastos, así como de los tributos que correspondan. Atendiendo a los documentos presentados, el Juez aprobará el monto.

El reembolso de las costas y costos se exige ante el Juez de la ejecución y se efectúa dentro del tercer día de quedar firme la resolución que las aprueba. Vencido el plazo, la falta de pago genera intereses legales, como precisa el artículo 419 del Código citado.

MODELO DE SOLICITUD DE LIQUIDACIÓN DE COSTAS Y COSTOS

EXPEDIENTE        : XXXX-2021-0-0401-JR-CI-03

ESPECIALISTA     : INGARUCA PEREZ LUIS ALEJANDRO

MATERIA              : NULIDAD DE ACTO JURÍDICO

DEMANDANTE    : JORGE LUIS MUÑIZ CLARK

DEMANDADO      : LUIS CARLOS IÑIGO ROCA

SUMILLA              : SOLICITO APROBACIÓN DE LIQUIDACIÓN DE COSTAS Y COSTOS

SEÑOR JUEZ DEL TERCER JUZGADO CIVIL DE AREQUIPA

JORGE LUIS MUÑIZ CLARK, con DNI 00000000, con domicilio real en Av. Corbacho 123-H, Cercado de Arequipa, provincia y departamento de Arequipa, fijando domicilio procesal en la calle Santa Marta 304, Oficina 206, interior B, Cercado de Arequipa, con Casilla Electrónica xxxxxx, Celular 959702698, correo electrónico rambellabogados1@gmail.com, ante Ud. me presento y digo:

I.              PETITORIO

Conforme a lo dispuesto en los artículos 410 y siguientes del Código Procesal Civil, solicito se sirva aprobar la liquidación de costas y costos generados en el presente proceso y se ordene a la parte vencida el cumplimiento de su pago.

II.           FUNDAMENTOS DE HECHO Y DERECHO

2.1.     Que, de conformidad al artículo 410 del Código Procesal Civil, las costas están constituidas por las tasas judiciales, los honorarios de los órganos de auxilio judicial y los demás gastos judiciales realizados en el proceso y conforme al artículo 411 los costos del proceso están constituidos por el honorario del Abogado de la parte vencedora, más un 5% para el a Colegio de Abogados de Arequipa, de cuyo pago se debe hacer cargo la parte vencida.

2.2.   Que, en el presente caso, mediante la Sentencia 0413-2025, del 02 de junio de 2025, se declaró fundada mi demanda, imponiéndose el pago de costas y costos a la parte demandada, conforme al artículo 412 Código Procesal civil, a misma que ha quedado consentida y ejecutoriada, como consta en la Resolución 112, del 14 de agosto de 2025.

2.3.    Que, por el motivo expuesto, a efectos de hacer efectivo dicho mandato, de conformidad con el artículo 417 del Código Procesal Civil presento la liquidación detallada de los gastos y honorarios generados en este proceso, a fin de que sea aprobado por su juzgado:

LIQUIDACIÓN DE COSTAS Y COSTOS

Concepto

Detalle

Monto (S/.)

Sustento

Costas:

Honorarios de abogado

Defensa durante el proceso

4 680.00

contrato de honorarios profesionales

Recibo de honorarios.

Recibo de pago de impuestos.

Costos:

Tasas judiciales

Demanda, apelaciones, tachas

934.00

Comprobantes de pago de tasas judiciales

Publicaciones

Edictos judiciales

213.00

Comprobante de pago del Diario oficial y uno de circulación nacional

Honorarios de perito

Informe pericial

1 030.00

Recibo de honorarios de perito.

TOTAL

-.-

6 857.00

-.-

 

III.        MEDIOS PROBATORIOS

1-A.- Copia del contrato de honorarios profesionales

1-B.- Recibo de honorarios.

1-D.- Recibo de pago de impuestos.

1-B.- Comprobantes de pago de tasas judiciales, notificaciones y demás gastos.

POR LO EXPUESTO:

Señor Juez pido Ud., previos trámites de ley, aprobar la liquidación de costas y costos planteados.

Arequipa, 08 de setiembre de 2025

 

 

 

JOSE RAMOS FLORES                                          JORGE LUIS MUÑIZ CLARK

      ABOGADO                                                                 DNI 00000000


martes, 7 de octubre de 2025

MODELO DE ACTA DE JUNTA UNIVERSAL DE ACCIONISTAS DE LA EMPRESA AMISTAD DIVINA S.A.C.

MODELO DE ACTA DE JUNTA UNIVERSAL DE ACCIONISTAS DE LA EMPRESA AMISTAD DIVINA S.A.C.

Por José Ramos Flores

Abogado de Estudio Jurídico Rambell Abogados - Arequipa


ACTA DE LA JUNTA UNIVERSAL DE ACCIONISTAS DE LA EMPRESA AMISTAD DIVINA S.A.C.

EN LA CIUDAD DE AREQUIPA, SIENDO LAS 8.00 HORAS DEL DÍA 07 DE OCTUBRE DE 2025, SE REUNIÓ EN JUNTA UNIVERSAL DE ACCIONISTAS LA EMPRESA AMISTAD DIVINA S.A.C., INSCRITA EN LA PARTIDA NÚMERO 00000000 DEL REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS DE LA ZONA REGISTRAL XII – SEDE AREQUIPA; EN EL LOCAL DE LA SOCIEDAD, SITO EN LA CALLE SANTA MARTA 304, SEGUNDO PISO 306, DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, CON LA PRESENCIA DE LOS ACCIONISTAS QUE A CONTINUACIÓN SE MENCIONAN:

-       LUIS BARKLEY PINTO, IDENTIFICADO CON DNI Nº 00000000, DE ESTADO CIVIL SOLTERO, TITULAR DE 1200 ACCIONES ÍNTEGRAMENTE SUSCRITAS Y TOTALMENTE PAGADAS.

-      LUZ PINTO RIBU, IDENTIFICADA CON DNI Nº 00000001, DE ESTADO CIVIL SOLTERA, TITULAR DE 800 ACCIONES ÍNTEGRAMENTE SUSCRITAS Y TOTALMENTE PAGADAS.

PRESIDENCIA Y SECRETARIA:

ACTUÓ COMO PRESIDENTE EL SEÑOR LUIS BARKLEY PINTO Y COMO SECRETARIO EL SEÑOR LUZ PINTO RIBU.

QUORUM Y APERTURA:

EL PRESIDENTE VERIFICÓ QUE SE ENCUENTRAN PRESENTES LOS ACCIONISTAS QUE REPRESENTAN LA TOTALIDAD DE LAS ACCIONES SUSCRITAS CON DERECHO A VOTO EN LA SOCIEDAD, QUIENES POR UNANIMIDAD MANIFESTARON SU INTENCIÓN DE SESIONAR Y TRATAR LOS TEMAS DE LA AGENDA SIN NECESIDAD DE CONVOCATORIA PREVIA, DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 120º DE LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES, SE DECLARÓ VÁLIDAMENTE CONVOCADA E INSTALADA LA JUNTA Y ABIERTA LA SESIÓN, CON EL FIN DE TRATAR LOS TEMAS DE LA AGENDA, QUE SE INDICAN A CONTINUACIÓN:

AGENDA:

1.  AUTORIZAR TRAMITAR DENUNCIA POR PERDIDA DE LIBRO DE ACTAS Nº 01 Y LEGALIZAR LA APERTURA DE LIBRO DE ACTAS Nº 02.

DESARROLLO DE LA AGENDA:

EL PRESIDENTE MANIFESTÓ QUE CON FECHA 05 DEL PRESENTE MES EN CIRCUNSTANCIAS DESCONOCIDAS FUE VÍCTIMA DE PERDIDA DE LIBRO DE ACTAS Nº 01. POR LO QUE EN LA PRESENTE ACTA PONE DE CONOCIMIENTO TAL HECHO Y SOLICITA LA AUTORIZACIÓN PARA EFECTUAR LA DENUNCIA POLICIAL Y SE TRAMITE LA APERTURA DEL LIBRO DE ACTAS Nº 02. 

DESPUÉS DE UNA BREVE DELIBERACIÓN DEL ÚNICO PUNTO DE LA AGENDA, SE ACORDÓ POR UNANIMIDADAUTORIZAR AL SEÑOR LUIS BARKLEY PINTO, IDENTIFICADO CON DNI N° 00000000, EN SU CALIDAD DE PRESIDENTE, SUSCRIBA TODOS LOS DOCUMENTOS PÚBLICOS Y/O PRIVADOS, QUE FUEREN NECESARIOS PARA LA FORMALIZACIÓN DE LA DENUNCIA DE PÉRDIDA DE LIBRO DE ACTAS Nº 01 Y LEGALIZAR LA APERTURA DE LIBRO DE ACTAS Nº 02, CONFORME A LEY.

NO HABIENDO OTRO ASUNTO QUE TRATAR, SIENDO LAS 09 HORAS CON 30 MINUTOS SE DIO POR CONCLUIDA LA SESIÓN, PROCEDIÉNDOSE A LA LECTURA, APROBACIÓN Y SUSCRIPCIÓN DEL PRESENTE ACTA POR TODOS LOS CONCURRENTES.

 


 

LUIS BARKLEY PINTO                                                              LUZ PINTO RIBU

DNI Nº 00000000                                                                             DNI 00000001

MODELO DE ESCRITO SOLICITANDO REPROGRAMACIÓN DE DILIGENCIA

MODELO DE ESCRITO SOLICITANDO REPROGRAMACIÓN DE DILIGENCIA

Por José Ramos Flores

Abogado del Estudio Jurídico Rambell Abogados de Arequipa


MODELO DEL ESCRITO:

EXPEDIENTE   : xxxxx-2025-0-0401-JP-CI-09

ESPECIALISTA : JULIUS LOZA LOZA

MATERIA         : DIVISIÓN Y PARTICIÓN DE BIENES

DEMANDANTE: JUANA LOURDES AMIC VERA

DEMANDADO : HILARIO FRANCISCO ROA RIBU

SUMILLA         : REPROGRAMACIÓN DE DILIGENCIA

SEÑOR JUEZ DEL XXXX JUZGADO DE PAZ LETRADO DE AREQUIPA

JUANA LOURDES AMIC VERA, en autos en el proceso de división y partición, ante Ud. me presento y digo:

Mediante Resolución Nº 07, de fecha 02 de octubre de 2025, su Despacho ha programado la diligencia de inspección judicial del bien inmueble materia de división y partición para el día 12 de noviembre de 2025, a las 09:00 horas.

No obstante, con anterioridad, específicamente el 10 de septiembre de 2025, en otro proceso de alimentos en el que también interviene mi abogado patrocinante, se programó vista de la causa para la misma fecha y hora, conforme se acredita con la Resolución Judicial que se adjunta.

En razón de ello, mi abogado patrocinante presenta cruce de horario, lo que le impide asistir a la diligencia de inspección judicial programada. Por ello, a fin de garantizar el ejercicio pleno de mi derecho de defensa, solicito a su Despacho se sirva reprogramar la diligencia de inspección judicial para una fecha próxima, en la que pueda estar presente mi abogado.

POR LO EXPUESTO:

A Ud., Señor Juez, ruego se sirva acceder a lo solicitado, reprogramando la diligencia conforme a ley.

Arequipa, 05 de octubre de 2025

 

 

 

JOSÉ RAMOS FLORES                                                               JUANA LOURDES AMIC VERA

      ABOGADO                                                                                                 DEMANDANTE


 



sábado, 4 de octubre de 2025

MODELO DE ESCRITO SOLICITANDO SE EMITA EL AUTO FINAL EN EJECUCION DE ACTA DE CONCILIACIÓN POR ALIMENTOS

 

MODELO DE ESCRITO SOLICITANDO SE EMITA EL AUTO FINAL EN  EJECUCION DE ACTA DE CONCILIACIÓN 
Por José Ramos Flores. Abogado del Estudio Jurídico Rambell Abogados

MODELO:

EXPEDIENTE   : xxxxx-2025-0-0401-JP-FC-09

ESPECIALISTA : JULIUS LOZA LOZA

MATERIA         : EJECUCION DE ACTA DE CONCILIACION

DEMANDANTE: JUANA LOURDES AMIC VERA

DEMANDADO : HILARIO FRANCISCO ROA RIBU

SUMILLA         : SE EMITA AUTO FINAL

SEÑOR JUEZ DEL XXXX JUZGADO DE PAZ LETRADO DE AREQUIPA

JUANA LOURDES AMIC VERA, en autos en el proceso de ejecución de acta de conciliación por alimentos, ante Ud. me presento y digo:

Que, mediante Resolución N° 01, de fecha 15 de setiembre de 2025 se resolvió admitir a trámite la demanda de Ejecución de Acta de Conciliación, ordenando al demandado Hilario Francisco Roa Ribu el pago de la pensión de alimentos mensuales ascendente a la suma de S/. 800.00, así como el pago de la suma de S/. 21 235.17 (Veintiún mil dos cientos treinta y cinco con 17/100 soles) como pensiones devengadas del periodo 12 de febrero 2022 a 31 de agosto de 2025 en el plazo de cinco días de notificado.

Que, a pesar de haber sido notificada válidamente y el plazo concedido ha expirado ampliamente, el demandado no ha cumplido con pagar el monto exigido por devengados de alimentos, por lo que, SOLICITO, haciéndose efectivo el apercibimiento decretado, se dé inicio a la ejecución forzada, debiendo su despacho emitir el auto final conforme a ley. 

POR LO EXPUESTO:

Ruego a Ud. Señor Juez acceder a lo solicitado.

Arequipa, 02 de octubre de 2025

 

 

JOSÉ RAMOS FLORES                                                               JUANA LOURDES AMIC VERA

      ABOGADO                                                                                                 DEMANDANTE


  

viernes, 3 de octubre de 2025

MODELO DE ESCRITO SOLICITANDO SE RESUELVA CON CELERIDAD EL PROCESO

MODELO DE ESCRITO SOLICITANDO SE RESUELVA CON CELERIDAD EL PROCESO

Por Evelyn Bellido Cutizaca

Abogada del Estudio Rambell Abogados de Arequipa


MODELO DEL ESCRITO:

EXPEDIENTE        : xxxx-2020-0-0401-JP-FC-01

ESPECIALISTA    : ALIZE LUCITA PRATZ LUJAN

DEMANDADO      : RAMÓN LUCAR VEGAS

DEMANDANTE    : RITA LINA CURAL PEÑA

SUMILLA               : SE RESUELVA CON CELERIDAD

SEÑOR JUEZ DEL XXXXX JUZGADO DE PAZ LETRADO DE AREQUIPA

RITA LINA CURAL PEÑA, en autos en el proceso de alimentos, ante Ud. Me presento y digo:

Que, con fecha 26 de agosto de 2025 fue admitida mi demanda de alimentos, la misma, fue notificada a la parte demandada con fecha 01 de setiembre del 2025. Sin embargo, efectuando la revisión a través del Sistema de Consulta de Expedientes Judiciales del Poder Judicial, aparece un escrito de devolución de notificación de fecha 02 de setiembre del 2025, la misma que a la fecha no ha sido proveída, evidenciando la demora excesiva en la resolución del mismo, lo que afecta el interés superior de mis menores hijos y el respeto a sus derechos.

Que, por el motivo expuesto, en salvaguarda de los derechos de mis hijos, al amparo del principio de interés superior del niño consagrado en el artículo IX del Código de Niños y Adolescentes, así como el artículo V del Título Preliminar del Código Procesal Civil, SOLICITO se resuelva con celeridad sobre el escrito de devolución de notificación que aparece en el sistema y se prosiga con el séquito del proceso.

POR LO EXPUESTO:

Ruego a Ud. Señor Juez acceder a lo solicitado y se proceda conforme a ley.

Arequipa, 03 de octubre de 2025

 

 

 EVELYN BELLIDO CUTIZACA                        RITA LINA CURAL PEÑA

              ABOGADA                                                      DNI 00000000

miércoles, 1 de octubre de 2025

MODELO DE DEMANDA DE EJECUCIÓN DE ACTA DE CONCILIACIÓN POR ALIMENTOS

MODELO DE DEMANDA DE EJECUCIÓN DE ACTA DE CONCILIACIÓN POR ALIMENTOS 

Por José Ramos Flores

Abogado de Estudio Jurídico Rambell Abogados


MODELO DE DEMANDA:

EXPEDIENTE            :

ESP. LEGAL              :

MATERIA                   : EJECUCION DE ACTA DE CONCILIACION

DEMANDANTE         : LUCY LIZZA PRAT DUVER

DEMANDADO           : BELTRÁN PARIONA MENESES

SUMILLA                   : INTERPONGO DEMANDA

SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CERRO COLORADO

LUCY LIZZA PRAT DUVER, con DNI 00000000, domiciliado en Calle Raúl Petitt 105-F del Pueblo Tradicional de Pachacutec, distrito de Cerro Colorado, provincia y departamento de Arequipa, fijando domicilio procesal en calle Santa Marta 304, Oficina 206, interior B, Cercado de Arequipa, con Casilla Electrónica XXXX, correo electrónico rambellabogados1@gmail, celular 959702698, ante Ud. me presento y digo:

I.       DEMANDADO

La presente demanda dirijo en contra BELTRÁN PARIONA MENESES domiciliado en la Asociación Las Peñas, Manzana G11, Lote 43, distrito de Sachaca, provincia y departamento de Arequipa.

II.      PETITORIO

Invocando interés y legitimidad para obrar interpongo demanda de EJECUCION DE ACTA DE CONCILIACIÓN, a efecto que se ejecute los acuerdos establecidos en el Acta de Conciliación N° 012-2021, de 01 de agosto de 2021, celebrados en el Centro de Conciliación Extrajudicial XXXX, respecto a los alimentos, por lo que el demandado cumpla con:

1)      Pagar la pensión de alimentos a favor de su menor hija NJPP, mes pos de mes, la suma acordada de OCHOCIENTOS CINCUENTA Y 00/100 SOLES (S/. 850.00) mensuales.

2)    Pagar los devengados de la pensión acordada en dicha Acta, desde 01 de setiembre de 2023 hasta setiembre de 2025, que hacen un total de S/. 25 250.00, más los intereses legales generados.

 

Todo ello bajo apercibimiento de iniciarse la ejecución forzada.

III.    FUNDAMENTOS DE HECHO

3.1.     Que, la recurrente ha mantenido una relación convivencial con el demandado, donde procreamos a NJPP de 08 años de edad, reconocida por ambos progenitores, como puede verse en el Acta de Nacimiento que adjunto, expedido por la Municipalidad Provincial de Arequipa.

3.2.     Que, con el demando, el 01 de agosto de 2021, de manera voluntaria acudimos al Centro de Conciliación Extrajudicial XXXX, a fin de conciliar por la patria potestad, tenencia, alimentos y visitas para nuestra hija NJPP, lo que constituye título ejecutivo.

3.3.     Que, como consta en la Cláusula Cuarta de la indicada Acta de Conciliación el demandado se compromete a pasar mensualmente por pensión de alimentos la suma de S/. 850.00 mensuales, la misma que debió de ser depositada mes a mes en la Cuenta Bancaria xxxxx de Caja Arequipa, a nombre de la recurrente Lucy Lizza Prat Duver.

3.4.     Que, el demandado cumplió de manera cabal hasta agosto de 2023, como consta en el extracto de la cuenta bancaria que adjunto. Desde esa fecha hasta la actualidad no cumple con lo acordado en el Acta de Conciliación materia de ejecución. Por lo que, interpongo la presente demanda, a fin de que se ejecute el Acta de Conciliación N° XXXX, de fecha 18 de febrero de 2022, en consecuencia, el demandado cumpla con:

a)  Pagar la pensión de alimentos a favor de su menor hija NJPP, mes pos de mes, la suma acordada de S/. 850.00 mensuales, tal como se acordó en el Acta.

b)  Pagar los devengados conforme a los montos y fechas acordadas en dicha Acta, esto es desde setiembre de 2023 en adelante hasta setiembre de 2025, conforme a la propuesta de liquidación siguiente:

Monto mensual:

: S/. 850.00

De setiembre de 2023 a setiembre 2025

25 meses

S/. 25 250,00

Es decir, como devengados de las pensiones alimenticias no pagadas el demandado debe pagar la suma de S/. 25 250.00 más los interese legales generados por dicha suma.

 

IV.    FUNDAMENTOS DE DERECHO

Amparo mi pretensión en las siguientes normas:

A.   Del Código Procesal Civil:

4.1.  Artículo 688.- Títulos ejecutivos

“Sólo se puede promover ejecución en virtud de títulos ejecutivos de naturaleza judicial o extrajudicial según sea el caso. Son títulos ejecutivos los siguientes:

1.      Las resoluciones judiciales firmes;

2.      Los laudos arbitrales firmes;

3.      Las Actas de Conciliación de acuerdo a ley;

4.2.  Artículo 689.- Requisitos comunes. -

“Procede la ejecución cuando la obligación contenida en el título es cierta, expresa y exigible. Cuando la obligación es de dar suma de dinero, debe ser, además, líquida o liquidable mediante operación aritmética”.

4.3.  Artículo 690.- Legitimación y derecho de tercero. -

“Están legitimados para promover ejecución quien en el título ejecutivo tiene reconocido un derecho en su favor; contra aquél que en el mismo tiene la calidad de obligado y, en su caso el constituyente de la garantía del bien afectado, en calidad de litis consorte necesario.

(…)”

4.4.  Artículo 690-B.- Competencia

“Es competente para conocer los procesos con título ejecutivo de naturaleza extrajudicial el Juez Civil y el de Paz Letrado. El Juez de Paz Letrado es competente cuando la cuantía de la pretensión no sea mayor de cien Unidades de Referencia Procesal. Las pretensiones que superen dicho monto son de competencia del Juez Civil.

(…).

4.5.  Artículo 690-C.- Mandato Ejecutivo

“El mandato ejecutivo, dispondrá el cumplimiento de la obligación contenida en el título; bajo apercibimiento de iniciarse la ejecución forzada, con las particularidades señaladas en las disposiciones especiales. En caso de exigencias no patrimoniales, el Juez debe adecuar el apercibimiento”.

 

4.6.  Artículo 694.- Admisibilidad. -

Se puede demandar ejecutivamente las siguientes obligaciones:

1. Dar;

2. Hacer; y,

3. No Hacer.

V.     MONTO DEL PETITORIO

Por la naturaleza de la demanda la pretensión de pago mensual asciende a S/. 300.00, más los devengados e intereses.

VI.    VIA PROCIDEMENTAL

En aplicación de los artículos 688 del Código Procesal Civil, el presente proceso debe tramitarse en la vía del Proceso Único de Ejecución, en su modalidad de Ejecución de Resoluciones Judiciales.

VII.      MEDIOS PROBATORIOS

1.      Acta de Nacimiento con CUI XXXX de NJPP, expedido por la Municipalidad Provincial de Arequipa, que demuestra el vínculo familiar con mi hija.

2.      Acta de Conciliación N° XXXX-2021, de fecha 01 de agosto de 2021, celebrados en el Centro de Conciliación Extrajudicial XXXX, con Acuerdo total sobre la patria potestad, tenencia, alimentos y visitas para nuestra hija NJPP, lo que constituye título ejecutivo.

En ella, precisamente en la Cláusula Cuarta vemos que el demandado para los alimentos se compromete a proporcionarle a mi hija la suma mensual de S/. 850.00, la misma que deberá ser pagado depositando mes a mes en la Cuenta Bancaria xxxxx de Caja Arequipa, a nombre de la recurrente Lucy Lizza Prat Duver, desde la fecha de firma del Acta, lo que no cumple desde el mes de setiembre de 2023.

3.      Extracto de la Cuenta Bancaria xxxxx en Caja Arequipa, a nombre de la recurrente Lucy Lizza Prat Duver. Donde puede verse que el demandado solo pagó la pensión hasta agosto de 2023, adeudando el pago de la pensión desde setiembre de 2023 en adelante.

 

 

VIII.    ANEXOS

1-A.- Copia de mi Documento de Identidad

1-B.- Acta de Nacimiento con CUI XXXX de NJPP.

1-C.- Acta de Conciliación N° XXXX-2021, de fecha 01 de agosto de 2021

1-D.- Extracto de la Cuenta Bancaria XXXX en Caja Arequipa.

 

POR LO EXPUESTO:

Señor Juez tenga por interpuesta la presente demanda y tramitarla conforme a ley.

PRIMER OTROSI: De conformidad con el artículo 80 del Código Procesal Civil, otorgo a los abogados que firman la presente demanda, las facultades generales de representación del artículo 74° del mismo Código, debiéndose tener presente mi domicilio real y procesal señalado en este recurso y declarando que la suscrita está instruido de la representación que otorga.

Arequipa, 30 de setiembre de 2025.

 

 

 

JOSÉ RAMOS FLORES                                                      LUCY LIZZA PRAT DUVER

ABOGADO                                                                            DNI 00000000