domingo, 9 de marzo de 2025

MODELO DE ESCRITO DE INTERPOSICIÓN DE TACHA CONTRA DOCUMENTOS

MODELO DE ESCRITO DE INTERPOSICIÓN DE TACHA CONTRA DOCUMENTOS

Por José Ramos Flores. Abogado de Estudio Rambell Abogados de Arequipa


EXPEDIENTE           : XXXX-2024-0-0401-JP-CI-03

ESPECIALISTA         : INGARUCA PEREZ LUIS ALEJANDRO

MATERIA               : NULIDAD DE ACTO JURÍDICO

DEMANDANTE       : JORGE LUIS MUÑIZ CLARK

DEMANDADO        : LUIS CARLOS IÑIGO ROCA

SUMILLA                : INTERPONGO TACHA

SEÑOR JUEZ DEL TERCER JUZGADO CIVIL DE AREQUIPA

JORGE LUIS MUÑIZ CLARK, con DNI 00000000, con domicilio real en Av. Corbacho 123-H, Cercado de Arequipa, provincia y departamento de Arequipa, fijando domicilio procesal en la calle Santa Marta 304, Oficina 206, interior B, Cercado de Arequipa, con Casilla Electrónica xxxxxx, Celular 959702698, correo electrónico rambellabogados1@gmail.com, ante Ud. me presento y digo:

I.    PETITORIO

Dentro del plazo de ley, de conformidad con los dispuesto en el artículo 300° y siguientes del Código Procesal Civil, interpongo tacha contra el documento consistente en la copia legalizada de contrato de compraventa de fecha 12 de julio del 2022, ofrecido como medio probatorio en la contestación de la demanda, por falso, a efecto de que se declare la invalidez o ineficacia de dicho medio de prueba, en atención a los siguientes fundamentos de hecho y derecho:

II.   FUNDAMENTOS DE HECHO Y DERECHO

2.1.   Que, de conformidad con el artículo 303 del Código Procesal Civil, procede la tacha contra documentos, y de conformidad con lo señalado por nuestra Corte Suprema en la Casación N° 2280-2006-Lambayeque dicha tacha puede sustentarse en la “falsedad o nulidad formal del mismo” (Cuarto Considerando).

2.2.   Que, en el presente caso, el demandado ha ofrecido como medio probatorio en la contestación de la demanda el documento consistente en la copia legalizada de la Escritura Pública de Contrato de Compraventa de fecha 12 de julio del 2022, a fin de probar que tiene el mejor derecho respecto el inmueble materia de litis.

2.3.  Que, respecto a dicha Escritura Pública se ha seguido proceso penal por falsificación de documento ante el Primer Juzgado Penal de Arequipa, como Exp. N° 005844-2023-0-0401-JR-PE-01, declarándose al demandado autor del delito de falsificación de documento, pues las firmas que aparecen en dicho documento no se corresponden con el del vendedor. En conclusión, falso el documento de Escritura Pública de Compraventa.

2.4.  En consecuencia, ante los hechos descritos precedentemente, debe declararse la invalidez o ineficacia del medio probatorio en cuestión.

III.  MEDIO PROBATORIO

Ofrezco como medio probatorio la Copia Certificada de la Sentencia N° 125, del 02 de diciembre de 2024, emitida en el Proceso Penal por Falsificación de documentos, seguidos ante el Primer Juzgado Penal de Arequipa, como Exp. N° 005844-2023-0-0401-JR-PE-01, donde se declara al demandado autor del delito de falsificación de documento, pues las firmas que aparecen en dicho documento no se corresponden con el del vendedor, en consecuencia, falso el documento de Escritura Pública de Compraventa.

IV.  ANEXOS

4-A.- Copia certificada de la Sentencia N° 125, del 02 de diciembre de 2024.

4-B.- Tasa por concepto de Tacha

POR LO EXPUESTO:

Au Ud. Señor Juez, solicito se sirva tener por interpuesta la tacha de testigo y en su oportunidad declararla fundada.

Arequipa, 07 de marzo de 2025.

 

 

 

JOSE RAMOS FLORES                                     JORGE LUIS MUÑIZ CLARK

      ABOGADO                                                         DNI 00000000


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