MODELO DE ESCRIO DE INTERPOSICIÓN DE TACHA CONTRA DOCUMENTOS
Por Jose Ramos Flores
Director de Rambell Abogados de Arequipa
MODELO:
EXPEDIENTE : XXXX-2023-0-0401-JP-CF-03
ESPECIALISTA : INGARUCA PEREZ LUIS ALEJANDRO
MATERIA : NULIDAD DE ACTO JURÍDICO
DEMANDANTE : JORGE LUIS MUÑIZ CLARK
DEMANDADO : LUIS CARLOS IÑIGO ROCA
SUMILLA : INTERPONGO TACHA
SEÑOR JUEZ DEL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE AREQUIPA
JORGE LUIS MUÑIZ CLARK, con DNI
11111111, con domicilio real en Av. Corbacho 123-H, Cercado de Arequipa,
provincia y departamento de Arequipa, fijando domicilio procesal en la
calle Santa Marta 304, Oficina 206-B, Cercado de Arequipa, con Casilla
Electrónica……, Celular 959702698, ante Ud. me presento y digo:
I.
PETITORIO
Dentro
del plazo de ley, de conformidad con los dispuesto en el artículo 300 y
siguientes del Código Procesal Civil, interpongo tacha contra el documento
consistente en la copia legalizada de contrato de compraventa de fecha 12 de
julio del 2015, ofrecido como medio probatorio en la contestación de la demanda,
por falso, a efecto de que se declare la invalidez o ineficacia de dicho medio
de prueba, en atención a los siguientes fundamentos de hecho y derecho:
II. FUNDAMENTOS DE HECHO Y DERECHO
2.1.
Que, de conformidad con el artículo
303 del Código Procesal Civil, procede la tacha contra documentos, y de
conformidad con lo señalado por nuestra Corte Suprema en la
Casación N° 2280-2006-Lambayeque dicha tacha puede sustentarse en la “falsedad
o nulidad formal del mismo” (Cuarto Considerando).
2.2. Que, en el
presente caso, el demandado ha ofrecido como medio probatorio en la
contestación de la demanda el documento consistente en la copia
legalizada de la Escritura Pública de Contrato de Compraventa de fecha 12 de
julio del 2015, a fin de probar que tiene el mejor derecho respecto el inmueble
materia de litis.
2.3. Que,
respecto a dicha Escritura Pública se ha seguido proceso penal por falsificación
de documento ante el Primer Juzgado Penal de Arequipa, como Exp. N° 005844-2017-0-0401-JR-PE-01, declarándose
al demandado autor del delito de falsificación de documento, pues las firmas
que aparecen en dicho documento no se corresponde con el del vendedor. En
conclusión, falso el documento de Escritura Pública de Compraventa.
2.4.
En consecuencia, ante los hechos
descritos precedentemente, debe declararse la invalidez o ineficacia del medio
probatorio en cuestión.
III. MEDIO PROBATORIO
Ofrezco
como medio probatorio la Copia certificada de la Sentencia N° 125, del 11 de
julio del 2018, emitida en el Proceso Penal por Falsificación de documentos,
seguidos ente el Primer Juzgado Penal de Arequipa, como Exp. N° 005844-2017-0-0401-JR-PE-01, donde se
declara al demandado autor del delito de falsificación de documento, pues las
firmas que aparecen en dicho documento no se corresponde con el del vendedor,
en consecuencia, falso el documento de Escritura Pública de Compraventa.
IV. ANEXOS
4-A.- Copia
certificada de la Sentencia N° 125, del 11 de julio del 2018.
4-B.- Tasa por
concepto de Tacha
POR LO EXPUESTO:
Au Ud. Señor Juez solicito se sirva
tener por interpuesta la tacha de testigo y en su oportunidad declararla
fundada.
Arequipa, 06 de diciembre del 2023
JOSE RAMOS FLORES JORGE LUIS
MUÑIZ CLARK
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