¿QUÉ PASOS DEBO SEGUIR PARA CONSTITUIR MI EMPRESA?
JOSÉ RAMOS FLORES
ABOGADO ESPECIALIZADO EN DERECHO
ADMINISTRATIVO, LABORAL Y EMPRESARIAL
Para constituir una empresa existen dos
alternativas. Puede constituirse como persona natural o como persona jurídica.
Si se opta constituirse como persona
natural, para que la empresa funciones, bastará con acercarse a la SUNAT y obtener
el Registro Único del contribuyente (RUC), la licencia Municipal de
funcionamiento en la municipalidad y
otras licencias especiales específicas según el rubro en que se va trabajar.
En cambio, si se opta constituirse
como persona jurídica, sea como Empresa Individual de Responsabilidad Limitada
(EIRL), según la Ley 21621; o como Sociedad anónima (SA), sociedad anónima
cerrada (SAC), sociedad anónima abierta (SAA), sociedad colectiva, sociedad en
comandita, sociedad comercial de responsabilidad limitada (SCRL) y sociedad
civil, según la Ley General de Sociedades.
En estos últimos casos, para que la
empresa sea constituida deberá seguirse los siguientes pasos:
1. Búsqueda y
reserva de nombre.
Para hacer la
búsqueda de nombre de la empresa tiene que acercarse a los Registros Públicos,
llenar un formulario y solicitar que busquen si ese nombre está libre, lo que
también puedes hacer virtualmente. En caso de estar libre, solicitar que te
reserven ese nombre.
La reserva de
nombre es un paso previo para la constitución de una empresa o sociedad. Aunque
no es un trámite obligatorio, pero es recomendable para facilitar la
inscripción de la empresa o sociedad en el Registro de Personas Jurídicas de la
Sunarp.
En esta etapa el
registrador público verifica si existe alguna igualdad o coincidencia con otro
nombre, denominación completa o abreviada, o razón social de una empresa o sociedad
preexistente o que esté reservado. Por ello, si está libre te reservarán ese
nombre por un plazo de 30 días.
2. Elaboración de
la Minuta de Constitución
Una vez
escogido y reservado el nombre, el siguiente paso es elaborar la Minuta de Constitución
de la Empresa, sea una EIRL o una sociedad como Sociedad Anónima Cerrada,
Sociedad Comercial de responsabilidad limitada u otros.
Mediante la
Minuta de Constitución el titular de la empresa o los miembros de la sociedad
manifiestan su voluntad de constituir la persona jurídica, y en ella consta del
pacto social y los estatutos. En ella también se nombra a los primeros administradores,
de acuerdo a la naturaleza y las características de la persona jurídica.
3. Aporte de
capital o bienes
Para constituir
una empresa es necesario aportar un capital inicial, lo que puede hacerse en
efectivo o en bienes.
Cuando se
aporta dinero, éste debe hacerse depositando una suma en una cuenta bancaria,
lo que se acredita con el documento (comprobante) expedido por la entidad del
sistema financiero nacional donde se ha efectuado el depósito.
Si se aporta en
bienes, sean inmuebles o muebles, se acredita con la inscripción de la
transferencia a favor de la empresa o sociedad, con la indicación de la
transferencia en la escritura pública o con el informe de valorización
detallado y el criterio empleado para su valuación, según sea el caso.
4. Elaboración de
Escritura Pública
La Minuta de
Constitución, conjuntamente con la constancia de reserva de nombre, constancia
de depósito o transferencia de capital inicial, se debe llevar a la Notaría
para que un Notario Público lo revise y lo eleve a Escritura Pública.
El Notario
elevará a Escritura Pública la constitución de la empresa, avalando con su
firma y sello, así como debe contener la firma del titular o los socios,
incluidos los cónyuges de ser el caso.
El costo y el
tiempo del trámite dependerán de la notaría que elijas, pero será máximo unos
tres días, pues algunas notarías lo hacen en un solo día.
5. Inscripción en
los Registros Públicos
La constitución
de la empresa o sociedad debe ser inscrita en el Registro de Personas Jurídicas
de la Superintendencia de los Registros Públicos (SUNARP).
Será inscrita en
el Registro de Sociedades, las sociedades anónimas cerradas, abiertas, sociedad
comercial de responsabilidad limitada; o en el Registro de Empresa Individual
de Responsabilidad Limitada. La calificación e inscripción de la empresa
generalmente dura un promedio de 07 días.
En la SUNARP obtendrá
un asiento registral de inscripción de la empresa o sociedad como persona
jurídica, lo que normalmente es realizado por el Notario.
Este paso es
muy importante, toda vez que la Persona Jurídica existe a partir de su
inscripción en los Registros Públicos.
6. Inscripción al
RUC para Persona Jurídica.
Con la
inscripción registral de la empresa, debe acercarse a la SUNAT para obtener su Registro Único de Contribuyentes (RUC), que es
un número que identifica como contribuyente a una Persona Jurídica, también en
caso de las personas naturales con negocio.
El RUC contiene los datos de identificación de las actividades económicas y es emitido por la SUNAT.
Actualmente estos trámites se puede efectuar vía virtual.
Una vez que cumples estos pasos
habrás constituido tu empresa y serás una persona con negocio formal. Para que
comience a funcionar tu empresa necesitarás además de efectuar algunos
trámites, como obtener la licencia de funcionamiento en la Municipalidad,
inscribir tus trabajadores en el Ministerio de Trabajo, obtener licencias
especiales según el rubro de tu negocio. Luego de ello podrás operar con toda
tranquilidad y con todo en regla.
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