MODELO DE ESCRITO DE QUEJA POR DEFECTO DE TRAMITACIÓN ANTE UNA UGEL
Por José Ramos Flores
Abogado del Estudio Jurídico Rambell Abogados de Arequipa
ORIENTACIONES GENERALES
La
queja por defectos de tramitación se sustenta en lo dispuesto por el artículo
167° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento
Administrativo General.
Conforme
a la citada norma, los administrados pueden formular queja en cualquier momento
del procedimiento contra los defectos de tramitación, en especial aquellos que
supongan paralización injustificada del expediente, infracción de los plazos
legalmente establecidos, incumplimiento de los deberes funcionales u omisión de
trámites que deban ser subsanados antes de la emisión de la resolución
definitiva en la instancia correspondiente.
La
queja debe presentarse ante el superior jerárquico de la autoridad que tramita
el procedimiento, indicando de manera expresa el deber funcional infringido y
la norma que lo impone. Recibida la queja, la autoridad superior debe
resolverla dentro del plazo de tres (3) días hábiles, previo traslado al
funcionario quejado, a fin de que presente el informe que estime pertinente al día
siguiente de efectuado el requerimiento.
De
declararse fundada la queja, la autoridad competente dispondrá las medidas
correctivas necesarias para la adecuada tramitación del procedimiento y, en la
misma resolución, ordenará el inicio de las actuaciones destinadas a determinar
la eventual responsabilidad administrativa del funcionario responsable.
El
siguiente modelo puede servirte como referencia orientadora, siendo susceptible
de adecuación a cualquier entidad de la Administración Pública, según las
particularidades del caso (José Ramos Flores. Abogado del Estudio Jurídico
Rambell Abogados de Arequipa).
MODELO DE QUEJA POR DEFECTO DE TRAMITACIÓN
“Año
del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional”
SUMILLA: Queja por defecto de trámite
SEÑOR DIRECTOR
DE LA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL………
JOSÉ LUIS CRUZ BERNAL, identificado con DNI 00000000, domiciliado en
Urb. Cabaña María S-32, Cercado de Arequipa, provincia y departamento de
Arequipa, docente de 30 horas en el nivel de secundario en la la I. E. Nº………..,
celular 959702698, Correo Electrónico: rambellabogados1@gmail.com, ante
Ud. con el debido respeto me presento y digo:
I.
EXPRESIÓN CONCRETA DE LO PEDIDO
Al amparo de lo
dispuesto en el artículo 167° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley
del Procedimiento Administrativo General, interpongo QUEJA POR DEFECTO DE
TRAMITACIÓN contra el Jefe de la Oficina de Planillas de la Oficina de
Planillas, respecto del Expediente N° 00284-2025, por la infracción del plazo de
treinta (30) días hábiles para resolver mi solicitud, a fin de que su Despacho
disponga la inmediata subsanación del defecto advertido y se ordene la debida y
oportuna tramitación del procedimiento administrativo, conforme a ley.
II. FUNDAMENTO DE HECHO
1. Con fecha 08 de agosto de 2025,
presenté solicitud administrativa signada como Expediente N° 00284-2025,
mediante la cual solicité que, en ejecución de sentencia judicial firme, se
expida la Resolución Administrativa que disponga el reconocimiento y pago de
los devengados correspondientes a la bonificación especial por preparación de
clases y evaluación, adjuntando para ello todos los requisitos exigidos por
ley.
2. Dicho expediente ingresó a la Oficina
de Planillas con fecha 18 de agosto de 2025; sin embargo, a la fecha no ha sido
objeto de tramitación alguna, encontrándose injustificadamente paralizado en
dicha oficina.
3. La referida paralización del expediente
supera ampliamente el plazo legal de 30 días dispuesta por el artículo 39 del
TUO de la Ley 27444, pues ha transcurrido más de medio año sin pronunciamiento
administrativo, pese a que en reiteradas oportunidades me he apersonado a dicha
oficina, recibiendo únicamente respuestas evasivas, tales como que debo
retornar en otra fecha o que la persona encargada no se encuentra disponible.
4. En tal sentido, el defecto de
tramitación descrito resulta imputable al Jefe de la Oficina de Planillas, en
su calidad de responsable del procedimiento administrativo correspondiente al Expediente
N° 0284-2025, por incumplimiento de los plazos fijados por el artículo 39° y
deberes funcionales establecidos en el numeral 6) del artículo 86 del TUO de la
Ley N° 27444
III.
FUNDAMENTO DE DERECHO
La presente queja se
sustenta en las siguientes normas del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444,
Ley del Procedimiento Administrativo General:
1. Artículo 167°, que reconoce el derecho
del administrado a interponer queja ante la autoridad jerárquicamente superior
por defectos de tramitación, paralización injustificada del procedimiento o
incumplimiento de plazos legales.
2. Artículo 39°, que establece que todo
procedimiento administrativo sujeto a evaluación previa debe resolverse dentro
de un plazo máximo de treinta (30) días hábiles, computado desde su inicio,
salvo que una norma con rango de ley disponga un plazo mayor. En el presente
caso, dicho plazo ha sido ampliamente superado, configurándose una
inobservancia de la normativa administrativa vigente.
3. Numeral 6) del artículo 86°, que
establece como deber de las autoridades administrativas resolver de manera
expresa y debidamente motivada todas las solicitudes formuladas por los
administrados, con excepción de los procedimientos sujetos a aprobación
automática. En el presente caso, dicho deber ha sido incumplido, pues mi
solicitud permanece injustificadamente paralizada por más de medio año en la
Oficina de Planillas, sin que se haya emitido pronunciamiento alguno.
IV.
MEDIOS PROBATORIOS
Copia del cargo de
recepción de la Mesa de Partes correspondiente al ingreso del Expediente N° 00284-2025, de fecha 08 de agosto de 2025, con las anotaciones de seguimiento
efectuadas, las cuales acreditan que dicho expediente permanece sin trámite en
la Oficina de Planillas desde el 18 de agosto de 2025, sin que se haya
realizado actuación administrativa alguna, impidiendo la emisión de la
respectiva resolución administrativa que reconozca el derecho dispuesto
mediante mandato judicial.
V.
ANEXOS
1. Copia de mi DNI
2. Copia fedateada del cago de mi
solicitud, del Exp. 00284-2025.
3. Copia de mi última Boleta de
Pago.
POR LO EXPUESTO:
A Ud. Señor Director pido dar trámite conforme a Ley.
Arequipa, 23 de enero de 2026
JOSÉ LUIS CRUZ BERNAL
DNI 00000000
EXCELENTE. GRACIAS DR. JOSE RAMOS FLORES.
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