V PLENO JURISDICCIONAL SUPREMO EN MATERIAS LABORAL Y PREVISIONAL
LIMA 2016
En la ciudad
de Lima, el día 19 de octubre de 2016, se reunieron los jueces supremos integrantes
de las Salas de Derecho Constitucional y Social Permanente, Primera y Segunda Transitoria
de la Corte Suprema de Justicia de la República para la realización de la audiencia
pública del V Pleno Jurisdiccional
Supremo en materia laboral y previsional.
La sesión se llevó a cabo en el auditorio del edificio Carlos
Zavala Loayza, sito en el Jirón Manuel Cuadros 182, de esta ciudad con los siguientes
jueces supremos: Vicente Rodolfo Walde Jáuregui, Jacinto Julio Rodríguez Mendoza,
Javier Arévalo Vela, Héctor Lama More, Elina Hemilce Chumpitaz Rivera, Ricardo Guillermo
Vinatea Medina, Eduardo Raymundo Ricardo Yrivarren Fallaque, Isabel Cristina Torres
Vega, Elizabeth Roxana Margaret Mac Rae Thays, Juan Chaves Zapater, Silvia Consuelo
Rueda Fernández, Omar Toledo Toribio, Carlos Giovanni Arias Lazarte, Mariem Vicky
de la Rosa Bedriñana y Víctor Raúl Malca Guaylupo.
Asimismo, con la participación de los expertos en derecho laboral
y previsional, señores Javier Neves Mujica, Luis Manuel Vinatea Recoba, Fernando
Elías Mantero, Adolfo Ciudad Reynaud, Elmer Arce Ortiz y Ramón Huapaya Tapia, en
calidad de amicus curiae.
Los señores coordinadores del Pleno, jueces supremos Dr. Jacinto
Julio Rodríguez Mendoza y Dr. Javier Arévalo Vela, luego de constatar la asistencia
de los magistrados convocados, declararon instalada la sesión del V Pleno Jurisdiccional Supremo en materias
laboral y previsional; asimismo señalaron como mecanismo de trabajo:
1) Presentación
de los temas sometidos al Pleno; 2)
Formulación del punto, o puntos, de debate; 3) Debate; 4) Votación; 5) Acuerdo.
Luego de los debates, se tomaron los siguientes acuerdos; dejando
constancia del voto en minoría de los señores jueces supremos Vicente Rodolfo Walde
Jáuregui, Jacinto Julio Rodríguez Mendoza, Omar Toledo Toribio y Carlos Giovanni
Arias Lazarte respecto del acuerdo de indemnización y remuneraciones devengadas
en los casos de despido fraudulento y despido incausado.
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