Por: José José Flores
Publicado: 04/02/2021
En esta entrada se presenta un modelo de transacción extrajudicial celebrado por dos personas mayores de edad, donde uno de ellos causó accidente, por lo que de manera armoniosa solucionan el problema y evitan mayores problemas legales. Esperando que sea de utilidad les presentamos para que pueda ser utilizado en lo que fuere necesario.
MODELO DE TRANSACCIÓN
EXTRAJUDICIAL
Conste por el presente una
transacción extrajudicial que realizan de una parte Lucas Bernal Curt, con DNI
28154151, domiciliado en calle Los Maizales 112, distrito de Sachaca, provincia y departamento
de Arequipa, y de la otra parte Rufino López Quinto, con DNI 42111112, domiciliado
en los Rosales 115, distrito de Miraflores, provincia y departamento de
Arequipa, en los siguientes términos:
PRIMERO: El hecho que motiva la
presente transacción es el accidente de tránsito acaecido el día 03 febrero del
2021 a las 18 horas, aproximadamente, el mismo que ocurrió en las inmediaciones de
la Av. Independencia 1123 (exactamente frente de la vivienda signada con N° 1123),
del Cercado de Arequipa, provincia y departamento de Arequipa, en
circunstancias en que el Sr. Lucas
Bernal Curt conduciendo
su moto marca Venzo de Placa V1-1123 impactó al Sr. Rufino López Quinto, que
conducía una moto marca Honda de Placa H2-2341, siendo el primero que resultó con
lesiones en el cuerpo, cuya curación haciende a un monto de S/. 800 soles.
SEGUNDO:
A través del
presente documento el Sr. Lucas Bernal Curt, reconoce su responsabilidad y se
compromete a solventar los gastos antes mencionados, quien a la fecha ha
cancelado la suma de S/. 600.00 soles y se compromete a cancelar el saldo
restante de S/.400.00 soles en dos cuotas de S/. 200,00, cada una, la primera el
26 de febrero del 2021 y la segunda el 31 de marzo del 2021, depositando en la
cuenta de ahorros N° 31482548813024, en el Banco de Crédito, a nombre de Rufino López Quinto.
TERCERO: En tal sentido, bajo el
compromiso anterior, ambas partes de manera voluntaria, a través de la presente
transacción, acuerdan poner término a
este problema, renunciando a seguir cualquier proceso penal o legal que
pudieran tener conforme a ley respecto a los hechos provocados por el accidente.
CUARTO: Las partes, aceptan en todos sus extremos la
presente transacción extrajudicial, obligándose a cumplir lo estipulado en las
cláusulas que contienen la presente. En caso que el Sr. Lucas Bernal Curt no cumpliera
con
el acuerdo en la forma pactada, el Sr. Rufino López Quinto podrá acudir a la vía legalmente
correspondiente respecto al cobro del saldo restante.
QUINTA: La presente transacción extrajudicial, lo
realizan de acuerdo al artículo 1302 y 1306 del Código Civil, y al principio de
oportunidad contemplado en el Código Procesal Penal artículo segundo.
SEXTA: En la celebración de la presente transacción
extrajudicial, no ha mediado dolo, simulación, coacción, ni ningún vicio de la
voluntad que pueda generar la nulidad o anulabilidad del mismo
En fe de la verdad y de su conformidad firman
los intervinientes y hacen legalizar su firma ante Notario Público de Arequipa,
a los 04 días del mes de febrero del 2021; entregando una copia del mismo, a la
delegación de la Policía Nacional.
LUCAS
BERNAL CURT RUFINO LÓPEZ QUINTO
DNI 28154151 DNI
42111112
me ha servido mucho gracias.
ResponderEliminarExcelente documento
EliminarMuy bueno gracias
ResponderEliminarExcelente, gracias
ResponderEliminarBueno, me sirvió mucho. muchas gracias. saludos
ResponderEliminarMuchas gracias, buen día.
ResponderEliminarBuena te la debo
ResponderEliminarson lo maximo
ResponderEliminarmuy buena
ResponderEliminares de suma importancia
ResponderEliminarExcelente
ResponderEliminarexcelente redaccion me ha ayudado mucho, gracias y exitos
ResponderEliminarmuy buen ejemplo me ayudo mi problema
ResponderEliminarMuy buen trabajo. Felicidades.
ResponderEliminarExcelente.
ResponderEliminarGRACIAS EXCELENTE
ResponderEliminar